Visto el trámite instruido en esta Dirección General a petición de Cañamero Solar, S.L., con CIF B-85771319 y domicilio en calle Velázquez, n.º 19, 4.º D, 28001 Madrid, en relación a la modificación de la resolución de 26 de mayo de 2008 por la que se otorgó autorización administrativa para la instalación de referencia, se exponen los siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero: Con fecha 26 de mayo de 2008, se dictó resolución de la Dirección General de Planificación Industrial y Energética sobre autorización administrativa de la instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial solar fotovoltaica de 5.500 kW, expediente GE-M/260/07, publicada en DOE n.º 110, de 9 de junio de 2008. Modificada mediante resolución de 9 de mayo de 2011, publicada en DOE n.º 99, de 25 de mayo de 2011.
Segundo: Con fecha 9 de mayo de 2011, se dictó resolución de la Dirección General de Ordenación Industrial y Política Energética sobre aprobación del proyecto de ejecución de la instalación referida en el antecedente de hecho primero.
Tercero: Con fecha 23 de mayo de 2011, se dictó resolución de la Dirección General de Ordenación Industrial y Política Energética, extendiendo acta de puesta en servicio de la instalación de referencia.
Cuarto: Con fecha 2 de agosto de 2011, D. José Juan Moraga Mármol, en representación de Cañamero Solar, S.L., presentó solicitud de autorización de modificación de la infraestructura de evacuación asociada a la instalación de referencia, con objeto de realizar la conexión definitiva en la STR Cañamero, según especificaciones de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., en sustitución de la conexión transitoria inicialmente puesta en servicio. Analizada la documentación presentada, esta Dirección General considera la necesidad de someter al trámite de información pública las modificaciones introducidas en la instalación de referencia, previo informe de fecha 4 de octubre de 2011, de la Dirección General de Medio Ambiente, considerando la necesidad de someter éstas al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria.
Quinto: Con fecha 16 de enero de 2012 finalizó el trámite de información pública del modificado de proyecto referido en el antecedente de hecho cuarto, no habiéndose recibido alegaciones durante el periodo de exposición.
Sexto: Con fecha 14 de mayo de 2012 la Dirección General de Medio Ambiente emite Informe de Impacto Ambiental sobre el modificado de proyecto referido en el antecedente de hecho cuarto, con resultado compatible y viable. Dicho informe es complementario a la Declaración de Impacto Ambiental emitida con fecha 28 de julio de 2007 para la instalación de referencia.
Séptimo: Con fecha 1 de junio de 2012, fue completada la documentación necesaria para la obtención de la autorización administrativa de la instalación de referencia.
Octavo: De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado de las separatas relativas a las modificaciones introducidas en el proyecto de la instalación a las distintas administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas, con bienes y derechos a su cargo, no habiendo éstos manifestado oposición alguna a las consultas realizadas.
Fundamentos de derecho
Primero: La Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía, es el órgano competente para la autorización administrativa de instalaciones eléctricas, de conformidad con lo establecido en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y en virtud del Decreto 209/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía; vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como demás legislación aplicable.
Segundo: Una vez analizada la documentación presentada y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos en el Capítulo II, del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, así como lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, esta Dirección General
Por ello, y en virtud de los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho expuestos, esta Dirección General, resuelve:
Modificar la Resolución de fecha 28 de mayo de 2008, por la que se otorgó autorización administrativa para la instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial solar fotovoltaica, expediente GE-M/260/07, en los siguientes términos:
- Peticionario: Cañamero Solar, S.L., con CIF B-85771319, y domicilio social en calle Velázquez, n.º 19, 4.º D, 28001 Madrid.
- Ubicación: La línea eléctrica discurre por las parcelas 309, 322, 323 y 324 del polígono 14; parcelas 2, 7, 8, 11, 14, 22, 25, 40, 44 y 47 del polígono 21; y parcelas 10, 11, 13 y 36 del polígono 22 del término municipal de Cañamero (Cáceres).
El tramo subterráneo discurre en su totalidad por la parcela 322 del polígono 14.
Las coordenadas UTM de los apoyos del tramo aéreo son:
Apoyo |
Coordenada X |
Coordenada Y |
Apoyo |
Coordenada X |
Coordenada Y |
|
1 |
293813.9939 |
4359991.0946 |
21 |
295543.0270 |
4358351.2141 |
|
2 |
293831.8518 |
4359855.0741 |
22 |
295675.7771 |
4358260.4921 |
|
3 |
293848.1257 |
4359731.1208 |
23 |
295813.1713 |
4358166.5913 |
|
4 |
293862.7108 |
4359620.0259 |
24 |
295916.7537 |
4358095.7993 |
|
5 |
293880.0792 |
4359487.7362 |
25 |
296020.3246 |
4358025.0149 |
|
6 |
293939.5109 |
4359447.1223 |
26 |
296158.0450 |
4357930.8873 |
|
7 |
294054.1190 |
4359368.7909 |
27 |
296264.3884 |
4357858.2124 |
|
8 |
294153.3373 |
4359300.9855 |
28 |
296376.8932 |
4357781.3234 |
|
9 |
294269.9233 |
4359221.3061 |
29 |
296462.8316 |
4357722.5893 |
|
10 |
294398.5212 |
4359133.4132 |
30 |
296573.2885 |
4357647.1102 |
|
11 |
294501.5729 |
4359062.9885 |
31 |
296657.7195 |
4357639.5341 |
|
12 |
294624.3492 |
4358979.0784 |
32 |
296701.3212 |
4357559.6122 |
|
13 |
294747.5922 |
4358894.8496 |
33 |
296810.6732 |
4357484.8833 |
|
14 |
294827.8370 |
4358840.0069 |
34 |
296907.8015 |
4357418.5092 |
|
15 |
294941.9553 |
4358762.0143 |
35 |
297000.3371 |
4357355.2766 |
|
16 |
295023.2478 |
4358706.4556 |
36 |
297104.5455 |
4357284.0679 |
|
17 |
295121.8616 |
4358639.0548 |
37 |
297092.3221 |
4357231.7047 |
|
18 |
295222.0279 |
4358570.6015 |
38 |
297134.4188 |
4357174.0312 |
|
19 |
295339.1332 |
4358490.5611 |
39 |
297176.6794 |
4357116.1629 |
|
20 |
295462.3502 |
4358406.3518 |
40 |
297164.8623 |
4357083.2181 |
- Características de la modificación de la instalación: Línea eléctrica de evacuación a 45 kV, en simple circuito, longitud total 6.609 m, con origen en la STC Volconsa 2 20/45 kV, propiedad del titular, y final en la STR Cañamero propiedad de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., compuesta de los siguientes tramos:
Tramo aéreo, conductor 100-A1/S1A, longitud 4.873 m, desde la STC Volconsa 2 hasta el apoyo n.º 1 de paso a subterráneo.
Tramo subterráneo, conductor HEPRZ-1 26/45 kV 3(1x300mm²), longitud 1.736 m, desde el apoyo n.º 1 de paso a subterráneo hasta la STR Cañamero.
- Finalidad: Evacuación de energía eléctrica en régimen especial por generación fotovoltaica.
Esta instalación no podrá entrar en funcionamiento mientras no cuente el peticionario de la misma con el Acta de Puesta en Servicio, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el artículo 132 del mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de las instalaciones.
En el plazo de seis meses, a partir del otorgamiento de la presente autorización, deberá el peticionario o el titular de la misma, solicitar la autorización del proyecto de ejecución, produciéndose, en caso contrario, la caducidad del mismo, y todo ello de conformidad con el artículo 128.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Mérida, 5 de junio de 2012.- El Director General de Incentivos Agroindustriales y Energía, Juan José Cardesa Cabrera.
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