Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59, apartado 4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), habiéndose intentado sin efecto la notificación ordinaria por dos veces en el último domicilio conocido del interesado, se notifica al Brigada don Juan Carlos Coya Crespo, con DNI 09.292.620-E, la Resolución de fecha 7 de junio de 2012, dictada por el Sr. Coronel de la Residencia Logística Militar de Pontevedra, por la que se acuerda el desalojo de la habitación que ocupa en la citada residencia, en un plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al que tenga conocimiento de la resolución.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, la resolución que se notifica no se publica en su integridad, encontrándose a disposición del interesado el texto completo de la misma, así como la totalidad de los documentos obrantes en el expediente, que podrá consultar en las dependencias de la Residencia Logística Militar de Pontevedra (Avda. Fernández Ladreda, 42-44, 36003 Pontevedra), en horario de 08:00 a 14:00 horas, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la presente publicación. Se informa asimismo de la posibilidad que asiste al expedientado de proceder voluntariamente a la retirada de sus efectos personales, directamente por él o a través de autorización, bien a la propia Dirección de la Residencia Logística Militar de Pontevedra o a la persona al efecto designada por él, con remisión de la autorización y los datos oportunos a la citada Dirección.
Frente a la citada resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer si a su derecho conviene, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. General Jefe de la Cuarta Subinspección General del Ejército, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación del presente acuerdo.
Pontevedra, 20 de junio de 2012.- El Comandante Administrador.
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