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Documento BOE-B-2012-22679

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 29 de junio de 2012, páginas 30620 a 30620 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-22679

TEXTO

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso ordinario voluntario n.º 000558/2012, habiéndose dictado en fecha veintiocho de mayo de dos mil doce por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de "Morales y Morales fauna i Distribucions, S.L." y "Zoomed, S.L.", con domicilio en avenida de la Cova, n.º 100 (Polígono Industrial la Cova), de Manises, para ambas y CIF n.º B-96436647 y B-97555767, respectivamente, inscritas en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 5.305, libro 2.613 de la Sección 8.ª, folio 170, hoja n.º V-43.839, y al tomo 8.130, libro 5.423 de la Sección 8.ª, folio 27, hoja n.º V-104.115, respectivamente.

Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.

Se ha nombrado administrador concursal a don Francisco Javier Jover Sáez con domicilio en la avenida Antiguo Reino de Valencia, n.º 78-3.ª, de Valencia y correo electrónico franciscojover@icav.es

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el "Boletín Oficial del Estado" puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.

Valencia, 28 de mayo de 2012.- El Secretario judicial.

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