Alfredo Granell Dasi, Notario del Ilustre Colegio de Valencia, con residencia en Moncada.
Hago Saber: Que en mi notaría, sita en Moncada (Valencia), Avenida Germanias número 1 se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Urbana.- Vivienda en cuarta planta alta, puerta ocho, tipo A. Se compone de vestíbulo, comedor-estar, cuatro dormitorios, cocina, aseo y galería con lavadero. Ocupa una superficie útil, según calificación de sesenta y siete metros cuarenta y seis decímetros cuadrados. Linda: por frente, calle del Arcipreste Vila; por la derecha, con propiedad de Don Ignacio Carrau Leonarte; por la izquierda, con la vivienda de la misma planta, puerta número siete, rellano y hueco de escalera y con deslunado general; y por espaldas, dicho deslunado y con propiedad del citado Don Ignacio Carrau Leonarte.
Cuota: 4,75 por 100.
Forma Parte: Edificio en Moncada calle Arcipreste Vila número treinta y uno.
Inscripción.- Registro de la Propiedad de Moncada hoy 1, en el tomo 2447, libro 290 de Moncada, folio 201, finca 7661, inscripción 6.ª
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi notaría. La 1.ª subasta el 5 de abril del 2012 a las diez horas, siendo el tipo base el de ciento sesenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y dos euros y cuarenta y nueve céntimos de euro (166.452,49 €); de no haber postor o si resultare fallida, la 2.ª subasta, el 3 de mayo del 2012 a las diez horas, cuyo tipo será el 75 por 100 de la primera; en los mismos casos, la 3.ª subasta el 28 de mayo del 2012 a las diez horas sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el 6 de junio del 2012 a las diez horas.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la notaria de lunes a viernes de nueve treinta a trece treinta horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la notaría una cantidad equivalentes al 30 por 100 del tipo que corresponda en la 1.ª y 2.ª subasta y en la 3.ª un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del notario o en efectivo metálico. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
En Moncada, 13 de enero de 2012.- El Notario.
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