El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Málaga acordó, en su sesión de 30 de noviembre de 2011,en virtud de las facultades atribuidas por los artículos 30.5 n) y 85 del Real Decreto Legislativo 2/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante otorgar a "Financiera y Minera, S.A." concesión administrativa con las siguientes características:
Objeto: La ocupación los dos silos verticales que se ubican en el extremo del muelle n.º 6 del puerto de Málaga y de las instalaciones accesorias a los mismos, todos ellos contenidos en una parcela de 995 m², vallada perimetralmente, con destino a su explotación principalmente para la carga, descarga y almacenamiento temporal de cemento y adicionalmente para su uso destinado a graneles sólidos no alimentarios.
Plazo: 15 años prorrogables por un máximo de cinco años.
Tasas:
1.- Ocupación privativa del dominio público portuario: 171.495,75 euros/año.
2.- Aprovechamiento: depende del número de unidades movidas en cada ejercicio y, en todo caso, el mayor de los siguientes valores:
· El 24% del importe de la tasa por ocupación privativa del dominio público portuario.
· El producto de la cuantía unitaria por granel sólido, 0,123450 €/Tm., aplicada al tráfico mínimo comprometido para la concesión indicado en la condición 27º.
Lo que se comunica para general conocimiento de conformidad con el artículo 87.5 del Real Decreto Legislativo 2/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante
Málaga, 10 de enero de 2012.- El Presidente, Enrique Linde Cirujano.
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