El Reglamento (CE) n.º 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas, establece en su artículo 118.3 septies que una vez examinada la solicitud de protección por el Estado Miembro, éste incoará un procedimiento nacional que garantice una publicación adecuada de la solicitud.
Por lo anteriormente expuesto, procede dar publicidad a la solicitud de protección de los vinos con denominación de origen "Pago Chozas Carrascal", a su pliego de condiciones y al documento único, que constan íntegramente en las siguientes direcciones web:
http://agricultura.gva.es/pc_chozascarrascal
http://agricultura.gva.es/du_ chozascarrascal
De acuerdo con lo previsto en el artículo 118.3 septies del citado Reglamento, mediante la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial del Estado, se establece un plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de la fecha de su publicación para que los interesados presenten las alegaciones que crean convenientes ante el órgano competente de la Comunitat Valenciana.
La solicitud de protección podrá ser examinada en la sede de la Dirección General de Empresas Agroalimentarias y Desarrollo Rural de la Consellería de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua (C/ Amadeo de Saboya, 2, 46010 Valencia).
Valencia, 6 de mayo de 2012.- Marta Valsangiacomo Gil, Directora General de Empresas Agroalimentarias y Desarrollo Rural.
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