Content not available in English
Don Alfredo Arbona Casp, Notario del Ilustre Colegio de Catalunya, con residencia en Terrassa,
Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Terrassa, rambla d'Egara, número 116, principal 5.ª, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipoteca:
Urbana: Numero 55 del grupo y 7 del bloque. Vivienda en la planta primera, puerta tercera, tipo B, formando por parte del bloque DOS-A, del conjunto de diez bloques independientes sito en Terrassa, procedente de la heredad "Boada del Pi", tiene una superficie construida de 73,36 metros cuadrados. Linda: Noroeste, con vuelo vial y patio de luces; sudeste, con rellano de escalera y local 56, y suroeste, con el ascensor y local número 54. Cuotas: Escalera o bloque: 3,558 por 100. En relación al grupo: 0,322 por 100."
Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Terrassa al tomo 2.686, folio 180, del libro 1.584, finca número 50.269.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi notaría. La primera subasta el día 31 de Julio de 2012, a las nueve horas treinta minutos, siendo el tipo base el de 217.125,16 euros; de no haber postor o si resultare fallida, la segunda subasta, el día 30 de agosto 2012, a las nueve horas treinta minutos, cuyo tipo será el 75 por 100 de la primera; en los mismos casos, la tercera subasta el día 1 de octubre de 2012, a las nueve horas treinta minutos, sin sujeción a tipo, y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el día 4 de octubre de 2012, a las nueve horas treinta minutos.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría, de lunes a viernes, de nueve horas treinta minutos a trece horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que se corresponda en la primera y segunda subastas y en la tercera un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario.
Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Terrassa, 21 de junio de 2012.- El Notario.
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid