Don Juan Antonio Pérez de la Blanca Pradas, Notario de Puente Genil, con despacho en paseo del Romeral, 2-12, bajo, edificio "Aljonoz", hago saber:
Que ante mí, se sigue procedimiento de ejecución extrajudicial de hipoteca conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria y concordantes del Reglamento Hipotecario, de la siguiente finca:
Urbana.-Número veinticuatro.-Bloque letra A, portal C, con fachada al oeste, calle interior particular. Vivienda exterior en planta tercera de las altas, es de tipo 2, mano derecha de la escalera, del edificio situado en la avenida de la Estación, número cincuenta y cuatro de gobierno de Puente Genil. Tiene una superficie de noventa y cuatro metros, cincuenta y nueve decímetros cuadrados construidos y setenta y seis metros, noventa y un decímetros cuadrados útiles. Consta de: recibidor, estar-comedor, cocina con terraza-lavadero, pasillo de distribución, cuarto de baño y tres dormitorios. A contar desde la entrada de su portal, linda: por su frente, vuelos sobre la calle particular interior entre los bloques A y B; por la derecha, el piso tipo 1.º de su propia planta, correspondiente al portal letra D; por la izquierda, el piso tipo 1.º de sus propios portal y planta, rellano y caja de escalera, y el patio interior, en por su fondo, urbana de la Cooperativa Olivarera Nuestra Señora de los Desamparados.
Cuota de participación: se le asigna una cuota de participación de un entero y cuarenta y tres centésimas por ciento (1,43%).
Inscripción.-Asentada en el Registro de la Propiedad de Aguilar de la Frontera, en el tomo 1.336, libro 637, folio 186 vuelto, finca número 21.734-N, inscripción 12.ª
Tipo de subasta: ciento veintiún mil ciento trece euros con cuatro céntimos (121.113,04) euros.
Condiciones de la subasta:
La subasta única de dicha finca se celebrará en el local de la notaría, el día viernes diez de agosto de dos mil doce, a las doce horas.
Dicha subasta se ajustará al procedimiento de ejecución extrajudicial regulado en el artículo 12 del Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo, de Medidas Urgentes de Protección de Deudores Hipotecarios sin recursos, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" el día diez de marzo de dos mil doce.
En relación a la subasta, se hace constar:
a) Que la documentación y certificación registral a que se refieren los artículos 236.a y 236.b del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en el local de la notaría, de lunes a viernes, de diez a catorce horas.
b) Que se entiende que todo licitador acepta como bastante la titulación.
c) Que las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se realiza continuarán subsistentes.
d) Los licitadores deberán consignar, previamente, a la subasta, en la notaría una cantidad equivalente al 30 por ciento del tipo de subasta, mediante cheque bancario a nombre del Notario.
e) Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta.
Para el caso de que la comunicación por correo certificado al titular de la última inscripción de dominio, del lugar, día y hora fijados para la subasta, resultase infructuosa o negativa, servirá el presente anuncio y su publicación en los tablones y Boletines correspondientes, para suplir dicha comunicación.
Puente Genil, 29 de junio de 2012.- Juan Antonio Pérez de la Blanca Pradas, Notario.
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