Doña Neus Sabater Ventura, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,
Por el presente se hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de Hergi Logística, S.L., con el número de registro 462/10, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 15-03-12 con el siguiente tenor literal: "Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición de los Administradores de la empresa concursada.
Se declara la disolución de la mercantil concursada Hergi Logística, S.L., lo que conlleva el cese de la Administración societaria, que sera sustituida por el administrador concursal, Gonzalo Lucas Díaz-Toledo, con DNI numero 25393102K, que presentara en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el articulo 148.1 Ley Concursal.
Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables.
De conformidad con el articulo 168.1 de la Ley concursal, dentro de los diez días siguientes a la última publicación que, conforme a lo establecido en esta Ley, se hubiere dado a la apertura de la liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable".
Y para que sirva de notificación y a los efectos del articulo 98 de la Ley Concursal, se expide el presente.
Valencia, 15 de marzo de 2012.- Secretario Judicial.
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