Edicto dando publicidad a la Declaración de Concurso
Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 802/2011-C2,en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad CADEMPOLIS, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de Asunto.- Concurso voluntario 802/11 Sección C2.
Nig del Procedimiento.- 4842/11.
Entidad Concursada.-CADEMPOLIS, S.L., con CIF n.º B58590357 y domicilio en C. Aragón, 526, 7.º 1.ª, Barcelona.
Tipo de Concurso.- Voluntario.
Fecha del Auto de Declaración.- 5.01.12.
Administrador/es Concursal/es.- D/doña Sergi Pujol Rueda, con domicilio en C. General Álvarez de Castro, 5, 4t. 2.ª, Barcelona y teléfono núm. 616184811.
Facultades del Concursado.- Suspendidas.
Forma de Personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 11 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial.
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