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Documento BOE-B-2012-24538

Resolución EMO/ /2012, de 26 de junio, de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Empleo en Lleida, sobre la modificación de la aprobación del proyecto de ejecución y de la declaración de utilidad pública de una instalación eléctrica (ex. 00012477/2011 y ref. A-11671-RL).

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 13 de julio de 2012, páginas 33100 a 33103 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2012-24538

TEXTO

La empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. (en adelante Endesa), con domicilio social en la Av. Paral·lel, núm. 51, de 08004 Barcelona, solicitó ante el Departamento de Empresa y Empleo la modificación de la aprobación del proyecto de ejecución y de la declaración de utilidad pública de la línea 110 kV de la subestación SE Mollerussa a la subestación SE Tàrrega, entre los apoyos T.7-T.15 y T.17-T.25, en los términos municipales de Castellnou de Seana y Vila-sana (el Pla Urgell).

De acuerdo con la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico; la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, de regulación del sector eléctrico, modificada por la Ley 17/2007, de 4 de julio; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, así como los reglamentos técnicos específicos, la solicitud mencionada ha sido sometida a un periodo de información pública mediante el anuncio publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya número 6056, de 31 de enero de 2012, en el Boletín Oficial del Estado número 33, de 8 de febrero de 2012, y en los diarios Segre y La Mañana, ambos de fecha 2 de febrero de 2012.

Asimismo, de acuerdo con lo que prevé el artículo 127 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó informe al Ayuntamiento de Vila-sana, al Ayuntamiento de Castellnou de Seana, a la Confederación Hidrográfica del Ebro, a Gas Natural y a la Comunitat de Regants dels Canals d'Urgell. La Comunitat de Regants aporta la autorización correspondiente para que se lleve a cabo la instalación. El Ayuntamiento de Castellnou de Seana aporta informe con condicionados, y que Endesa acepta. El Ayuntamiento de Vila-sana, con reiteración previa, no se ha pronunciado.

Durante la tramitación del expediente, Endesa aporta las autorizaciones de afecciones, con condicionados, de los siguientes organismos: Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima y de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

De acuerdo con el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el anuncio de información pública ha estado expuesto en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos, por el periodo de 20 días, sin que se hayan presentado ninguna alegación.

Vistas la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, resuelvo:

Primero.-Autorizar la modificación de la declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la ocupación urgente de los bienes y derechos afectados que se sometieron a información pública en el anuncio publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya número 6056, de 31 de enero de 2012, en el Boletín Oficial del Estado número 33, de 8 de febrero de 2012, y en los diarios Segre y La Mañana, ambos de fecha 2 de febrero de 2012.

Segundo.-Otorgar a la empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., la modificación de la aprobación del proyecto de ejecución de la línea 110 kV, de la subestación SE Mollerussa a la subestación SE Tàrrega, entre los apoyos T.7-T.15 y T.17-T.25, en los términos municipales de Castellnou de Seana y Vila-sana (el Pla Urgell), ex. 00012477/2011 y ref. A-11671-RL, con las características técnicas siguientes:

Todos los apoyos a instalar pertenecen a la familia de apoyos tipo B y G, homologados por Endesa.

Variante línea aérea a 110 kV SE Mollerussa - SE Tàrrega entre los apoyos T.7 y T.15:

Origen: Apoyo T.7 a instalar.

Final: Apoyo T.15 a instalar.

Longitud en metros: 2.142,34.

Tensión nominal en kV: 110.

Número de circuitos: 2.

Número y tipo de conductores: 6, LA-455 de Al-Ac.

Número y tipo de cable de tierra: 1 OPGW 95/55.

Disposición de conductores: Hexágono (doble circuito).

Tipo de apoyo y material: Apoyos tipo B y G, acero galvanizado.

Número de apoyos de amarre: 5.

Número de apoyos de suspensión: 4.

Tipo de aislador y material: CS 120SB 650/4500 de composite.

Variante línea aérea a 110 kV SE Mollerussa - SE Tàrrega entre los apoyos T.17 y T.25:

Origen: Apoyo T.17 a instalar.

Final: Apoyo T.25 a instalar.

Longitud en metros: 2.044,93.

Tensión nominal en kV: 110.

Número de circuitos: 2.

Número y tipo de conductores: 6, LA-455 de Al-Ac.

Número y tipo de cable de tierra: 1 OPGW 95/55.

Disposición de conductores: Hexágono (doble circuito).

Tipo de apoyo y material: Apoyos tipo B y G, acero galvanizado.

Número de apoyos de amarre: 6.

Número de apoyos de suspensión: 2.

Tipo de aislador y material: CS 120SB 650/4500 de composite.

Finalidad: Adecuar el trazado de la línea para adaptarlo a las modificaciones introducidas a petición de los Ayuntamientos de Castellnou de Seana y Vila-sana, respectivamente, en la tramitación del Plan Especial Urbanístico de la línea a 110 kV SE Mollerussa - SE Tàrrega, que fue aprobado definitivamente por el Consejero de Política Territorial y Obras Públicas con fecha 29 de julio de 2009.

Presupuesto: 394.896,37 euros.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo que disponen la normativa antes mencionada, el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y está sometida a las condiciones especiales siguientes:

Primero.-Las instalaciones se deben llevar a cabo de acuerdo con el proyecto técnico presentado, firmado por el ingeniero técnico industrial señor Jordi Flores Ardiaca, visado en fecha 11 de abril de 2011, con el número 111307, por el Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Manresa, que ha servido de base para la tramitación del expediente, con las variaciones que, si se tercia, se soliciten y se autoricen.

Segundo.-La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo que establecen el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión, aprobado por el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre de 1984; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de Seguridad de las Instalaciones Industriales, y el resto de las disposiciones de aplicación general.

Tercero.-La empresa titular será la responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

Cuarto.-El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada será de dos años contados a partir de la fecha de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Quinto.-Los Servicios Territoriales podrán hacer las comprobaciones y pruebas que consideren necesarias durante las obras y cuando se acaben, en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución.

Sexto.-Con esta finalidad, el titular de la instalación debe comunicar al órgano administrativo mencionado el inicio de las obras, las incidencias dignas de mención mientras duren y también su finalización.

En la comunicación de la finalización de las obras se debe adjuntar el certificado de dirección y final de la instalación que acredite que se ajustan al proyecto aprobado, que se ha dado cumplimiento a las normas y disposiciones antes mencionadas y, si procede, se adjuntarán las actas de las pruebas que se han hecho.

Séptimo.-La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento por parte del titular de la instalación de las condiciones que se impongan.

En este supuesto, la Administración, con la instrucción previa del expediente oportuno, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Octavo.-Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para hacer las obras e instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Empleo (calle Pamplona, 113, 4.ª planta, 08018 Barcelona), en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lleida, 26 de junio de 2012.- El Director de los Servicios Territoriales en Lleida, don Octavi Miarnau Roca.

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