Don Mariano Pemán Melero, Notario del Ilustre Colegio de Aragón, con residencia Zaragoza,
Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Zaragoza, Residencial Paraíso, casa 4, 1.º AB, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, contra Don Kehinde Ogbemudia y Doña Betty-Princess Osagie, de la siguiente finca hipotecada:
Número cuatro.- Piso segundo derecha, en la segunda planta, en calle de Quinto de Ebro, número siete, de Zaragoza, de cuarenta y ocho metros y noventa y nueve decímetros cuadrados (48,99 m²) útiles. Le corresponde una participación de diez enteros por ciento en el inmueble; son sus linderos: derecha entrando, patio posterior; izquierda, calle de Quinto; fondo, casa número cinco de dicha calle; y frente, patio central, hueco de escalera y piso segundo izquierda.
Inscripción.- Inscrita en el Registro de la Propiedad de Zaragoza diez, al tomo 2779, folio 13, finca 72.803.
Las bases de la subasta son las siguientes:
1. Se celebrará una única subasta en mi notaría, el día 18 de septiembre de 2012, a las 11,00 horas, siendo el tipo base el precio tasado en la escritura de constitución de hipoteca, que es la cantidad de ciento ochenta y dos mil euros (€ 182.000).
2. Para tomar parte en la subasta los postores deberán consignar una cantidad equivalente al 30 por ciento del referido tipo, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta.
3. La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículo 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador, por el solo hecho de participar en la subasta, acepta como bastante la titulación aportada, y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes a la hipoteca que se ejecute, si los hubiere, continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicara a su favor.
4. Que de conformidad con el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012 de 9 de marzo, al seguirse el procedimiento contra la vivienda habitual de los deudores, se realizará una única subasta, que se regirá por lo dispuesto en dicho artículo y en lo que fuere aplicable por lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley Hipotecaria y los artículos 234 a 236 del Reglamento Hipotecario.
Zaragoza, 23 de julio de 2012.- El Notario.
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