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Documento BOE-B-2012-27036

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2012, páginas 36466 a 36466 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2012-27036

TEXTO

Edicto.

Cédula de notificación.

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia 00001/2008.

En Madrid a diecisiete de enero de dos mil ocho.

La ilustrísima señora doña María Vilma del Castillo González, Magistrada-Juez de Primera Instancia número 15 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 877/2005, a instancia de "Mapfre Seguros Generales, Sociedad Anónima", representada por la Procuradora señora Sánchez García, asistida por el letrado don Borja Redondo, contra "Caser, Sociedad Anónima", representada por la Procuradora señora Cano Lantero, asistido por el letrado señor Rucabero López y "Técnicas de Restauración e Impermeabilización, Sociedad Limitada".

Fallo.

Que estimando la demanda interpuesta por "Mapfre Seguros Generales, Sociedad Anónima", contra "Técnicas de Restauración e Impermeabilización, S.L.", y "Caser, Sociedad Anónima":

1. Debo condenar y condeno a "Técnicas de Restauración e Impermeabilización, S.L.", a que abone a la demandante la cantidad de 500.711,15 euros y a "Caser, Sociedad Anónima", hasta el límite de la suma asegurada de 300.506,05 euros deducidas las franquicias y las cantidades ya satisfechas.

2. Debo condenar y condeno a los demandados al pago de las costas causadas.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá, testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir del día siguientes al de su notificación.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la Parte Demandada constituida por "Técnicas de Restauración e Impermeabilización, Sociedad Limitada", se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, 29 de mayo de 2012.- El Secretario.

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