Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitó procedimiento concursal número 629/05, relativo a Sociedad Anónima de Formularios en continuo, con C.I.F. A 33065780, en el cual, con fecha 22 de mayo de 2012, se dictó auto declarando su conclusión al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.
En el mismo auto se acordó el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes asi como que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores, iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso.
Se acuerda, igualmente, la extinción de la persona jurídica concursada, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Asturias y que la conclusión del concurso, no obstará a su reapertura en caso de que con posterioridad aparzcan bienes y derechos titularidad del concursado.
Oviedo, 13 de julio de 2012.- Secretaria Judicial.
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