Secretaria judicial del Juzgado Social de Tortosa: Ana María Aguilar Zanuy. Según lo acordado en la demanda 507/11-MA, seguidos en este Juzgado a instancia de Constantin Florin Cana contra Juan José Fernández Hidalgo, "J 22 Music & Food, S.L." y FOGASA, por el presente se notifica a Juan José Fernández Hidalgo y "J 22 Music & Food, S.L.", en ignorado paradero y con último domicilio conocido en calle Prolongación Banys, número 43, de L'Ampolla, la sentencia dictada en los presentes autos en fecha 4 de mayo de 2012, cuyo tenor literal de su parte dispositiva dice: Estimo parcialmente la demandada interpuesta por el Sr. Constantin Florin Cana contra el empresario persona física, Juan José Fernández Hidalgo, "J 22 Music & Food, S.L.", y el Fondo de Garantía Salarial, y declaro que la relación que unía al actor con el empresario Juan José Fernández Hidalgo era a jornada completa, condenando a éste a estar y pasar por esta declaración.
Absuelvo al Fondo de Garantía Salarial de las peticiones contra él, sin perjuicio de la responsabilidad legal que pueda tener.
Asimismo, debo absolver y absuelvo a "J 22 Music & Food, S.L.", de la petición dirigida contra ella.
Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que en contra pueden interponer un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, tal como establecen los artículos 229 y 230 LRJS por comparecencia o por escrito en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación. Es indispensable que en el momento de anunciar el recurso la parte que no ejerza la condición de trabajador o goce del beneficio de la justicia gratuita haya consignado el importe íntegro de la condena o presente aval solidario de la entidad financiera por el mismo importe, depositando además la cantidad de 300 euros.
Notifíquese esta sentencia a la Inspección de Trabajo a los efectos legales oportunos.
Así lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a Juan José Fernández Hidalgo y "J 22 Music & Food, S.L.", advirtiéndole que las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán en estrados; y para su inserción en el "Boletín Oficial del Estado" y tablón de de esta oficina judicial a los efectos pertinentes, expido el presente edicto.
Tortosa, 25 de julio de 2012.- Secretaria judicial.
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