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Documento BOE-B-2012-28142

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 8 de agosto de 2012, páginas 38140 a 38140 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-28142

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, hago saber:

Que en la sección I declaración concurso 293/2012, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 27 de julio de 2012, auto acordando lo siguiente:

Primero.-Declarar el concurso voluntario abreviado de Economía 10 E.F.G., Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-27740323, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la Ronda de Don Bosco, número 56, Bajo, 36202, de Vigo.

Segundo.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

Tercero.-La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal.

Cuarto.-El administrador concursal designado es el Titulado Mercantil don José Manuel Fernández Méndez, con Documento Nacional de Identidad 76891328-M, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Areal, número 78, 1.º B, 36201, de Vigo; y con teléfono número 986435355, fax número 986436918 y correo electrónico jfeicam@gmail.com

Quinto.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

Sexto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 27 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.

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