Secretaria Judicial del Juzgado Social de Tortosa: Ana María Aguilar Zanuy. Según lo acordado en la demanda 508/2011-A, seguidos en este Juzgado a instancia de CONSTANTÍN FLORÍN CANA contra JUAN JOSÉ FERNÁNDEZ HIDALGO, J 22 MUSIC & FOOD, S.L. y FOGASA, por el presente, se notifica a JUAN JOSÉ FERNÁNDEZ HIDALGO y J22 MUSIC & FOOD, S.L., en ignorado paradero y con último domicilio conocido en Av. Constitución, 48, PB A, de Adeje, la sentencia dictada en los presentes autos en fecha 4/5/2012, cuyo tenor literal de su parte dispositiva dice:
"Fallo: Estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Sr. Constantín Florín Cana contra el empresario persona física, Juan José Fernández Hidalgo, J 22 Music & Food, SL, y el Fondo de Garantía Salarial, y condeno al empresario persona física, Juan José Fernández Hidalgo, a abonar a la actora la cantidad de catorce mil seiscientos ochenta y ocho con ochenta y un céntimos de euro (14.688,81 €) por los salarios no pagados, más el 10 por 100 de los intereses de mora según el art. 29.3 ET. Absuelvo al Fondo de Garantía Salarial de las peticiones contra él, sin perjuicio de la responsabilidad legal que pueda tener. Asimismo, absuelvo a J 22 Music & Food, SL de la petición dirigida contra ella. Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que en contra pueden interponer un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, tal como establecen los artículos 229 y 230 LRJS por comparecencia o por escrito en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación. Es indispensable que en el momento de anunciar el recurso la parte que no ejerza la condición de trabajador o goce del beneficio de la justicia gratuita haya consignado el importe íntegro de la condena o presente aval solidario de la entidad financiera por el mismo importe, depositando además la cantidad de 300 euros. Así lo pronuncio, mando y firmo..-El Magistrado-Juez, Daniel Martínez Fons."
Y para que sirva de notificación en forma a Juan José Fernández Hidalgo y J 22 Music & Food S.L., advirtiéndoles que las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán en estrados; y para su inserción en el BOE y tablón de de esta oficina judicial a los efectos pertinentes, expido el presente edicto.
Tortosa, 25 de julio de 2012.- Ana María Aguilar Zanuy, Secretaria Judicial.
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