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Documento BOE-B-2012-28570

Anuncio de la Notaría de don Félix Mestre Portabella, Notario de Sant Pere de Ribes, sobre subasta de venta extrajudicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 11 de agosto de 2012, páginas 38743 a 38744 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-28570

TEXTO

Montserrat Ruiz Mingo, Notario del Ilustre Colegio de Cataluña con residencia en Sant Pere de Ribes, actuando en sustitución y para el protocolo de mi compañero de residencia, Félix Mestre Portabella, por imposibilidad accidental, en el expediente provisional número uno de inicio de acta de ejecución extrajudicial de préstamo con garantía hipotecaria, de fecha doce de junio de dos mil doce, seguido en esta Notaría a instancia de la entidad acreedora "Banco Español de Crédito, S.A.", contra la finca especialmente hipotecada por don Carlos Díaz Guerrero, mayor de edad, con D.N.I. 52.212.529-E; y doña Sandra Mudarra Gilbert, mayor de edad, con D.N.I. 52.424.124-V, constituida en virtud de escritura autorizada por el Notario de Vilanova i la Geltrú, don Jorge Antonio Milz Ramón, con fecha 14 de noviembre de 2002, número 371 de su protocolo, que causó la inscripción 10ª en el Registro de la Propiedad, con objeto de cumplimentar lo preceptuado por el artículo 236-d y siguientes del Reglamento Hipotecario, Hago constar:

A.- De conformidad con el artículo 236-f del Reglamento Hipotecario, habiendo transcurrido más de treinta días desde que tuviera lugar el requerimiento de pago y la notificación al titular de carga consignada con posterioridad a la hipoteca que se ejecuta, procedo al anuncio de subasta a publicar en el Tablón del Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes y del Registro de la propiedad de Sitges, e insertar en el Boletín Oficial de la Provincia y el Boletín Oficial del Estado.

B.- En orden a la identificación de la finca objeto de subasta se detallan los siguientes datos: Urbana. elemento dieciocho. Vivienda del segundo piso, segunda puerta, de la escalera número catorce del conjunto de edificios sito en la Avenida Mas d'en Serra, números diez, doce y catorce de Les Roquetes de Sant Pere de Ribes, con una superficie útil de setenta y nueve metros y noventa y dos decímetros cuadrados (79,92 m²). Inscrita en el Registro de la Propiedad de Sitges, tomo 1500, libro 317 de Ribes, folio 13, finca número 10.588.

C.- Según el artículo 12 del Real decreto 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, la ejecución extrajudicial de bienes hipotecados, regulada al artículo 129 de la Ley Hipotecaria y sujeta al procedimiento previsto en los artículos 234 a 236 o del Reglamento Hipotecario, se someterá al previsto en los apartados siguientes en aquellos casos en que el procedimiento se siga contra la vivienda habitual del deudor:

1.- La realización del valor del bien se llevará a cabo a través de una única subasta para la cual servirá de tipo el pactado en la escritura de constitución de hipoteca, es a decir la cantidad de ciento treinta y ocho mil setecientos noventa y nueve euros y sesenta céntimos (138.799,60 euros). Sin embargo, si se presentaran posturas por un importe igual o superior al 70 por ciento del valor por el cual lo bien hubiera salido a subasta, se entenderá adjudicada la finca a quien presente la mejor postura.

2.- Cuando la mejor postura presentada fuera inferior al 70 por ciento del tipo señalado para la subasta, podrá el deudor presentar, en el plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70 por ciento del valor de tasación o que, aun inferior a este importe, resulte suficiente para conseguir la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

3.- Transcurrido el expresado plazo sin que el deudor del bien realice el previsto al párrafo anterior, el acreedor podrá pedir, dentro del término de cinco días, la adjudicación de la finca o fincas por importe igual o superior al 60 por ciento del valor de tasación.

4.- Si el acreedor no hiciera uso de la mencionada facultad, se entenderá adjudicada la finca a quién haya presentado la mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 por ciento del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.

5.- Si en el acto de la subasta no hubiera ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de veinte días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al 60 por ciento del valor de tasación.

6.- Si el acreedor no hiciera uso de la facultad al hecho que se refiere el párrafo anterior, se estará al previsto en el artículo 236 n del Reglamento Hipotecario.

D.- La subasta se celebrará en mi Notaría, situada en la calle Nou, número 28, bajos B de Sant Pere de Ribes (Barcelona), el día veintinueve de octubre de dos mil doce a las 10 horas.

E.- La documentación y la certificación del Registro a que se refieren los artículos 236-a y 236-b del Reglamento Hipotecario, pueden consultarse en la Notaría; que se entenderá que todo licitador acepta como suficiente la titulación y que las cargas, gravámenes y asentamientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

F.- Se hace constar que los postores, con excepción de la parte acreedora ejecutante, si lo fuera, para tomar parte a subasta, tendrán que consignar previamente a la Notaría el treinta por ciento del tipo que corresponda.

G.- En la subasta, desde el anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliegue cerrado, acompañando el justificante del depósito previo. Los pliegues se conservarán cerrados por el Notario y serán abiertos a comienzos del acto de licitación, y no se admitirán ya posturas verbales inferiores a la mayor de estas.

Sant Pere de Ribes, 31 de julio de 2012.- Notario.

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