Yo, José Juan de Ibarrondo y Guerrica-Echevarría, Notario del Ilustre Colegio de Cataluña, con residencia en Sant Feliu de Llobregat,
Hago saber. Que en mi notaría, sita en Sant Feliu de Llobregat, provincia de Barcelona, Passeig Nadal, 1-A, se tramita a instancias de Banco Español de Crédito, S.A., venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca:
Urbana. Cuarenta y dos. Piso ático, puerta sexta del edificio Viena, escalera izquierda, sito en la calle conocida por Europa, número 12, de Sant Feliu de Llobregat (CP 08980), integrado por recibidor, aseo, cocina, comedor, cuatro dormitorio y lavadero, de superficie cincuenta y cuatro metros con veinticinco decímetros cuadrados (54,25 m²).
Linda: Este, hueco de ascensor y hueco de escalera; Norte, ático 6.ª, escalera derecha; Sur, ático 1.ª, en parte mediante patio; oeste, fachada posterior del edificio.
Cuota: 1,17 por ciento.
Inscrita en el Registro de la Propiedad número uno de los de Sant Feliu de Llobragat, en el tomo 2.806, libro 538, folio 77, finca 5.280.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi Notaría, el próximo día 18 de septiembre de 2012, a las 11 horas, siendo el tipo base el de trescientos veintinueve mil cuatrocientos setenta euros con setenta y ocho céntimos (329.470,78 €). Nos obstante si se presentaran posturas por un importe igual o superior al 70% del tipo base indicado, se entenderá adjudicada la finca a quien presente la mejor postura.
Cuando la mejor postura presentada fuera inferior al 70% del tipo señalado para la subasta podrá el deudor presentar, el plazo de 10 días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70% del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante. Transcurrido el expresado plazo sin que el deudor del bien realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir, dentro del término de 5 días, la adjudicación de la finca por importe igual o superior al 60% del valor de tasación.
Si el acreedor no hiciese uso de la mencionada facultad, se entenderá adjudicada la finca a quien haya presentado la mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50% del valor de tasación o siendo inferior cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.
Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en plazo de 20 días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al 60% del valor de tasación. Si el acreedor no hiciere uso de la facultad a que se refiere el párrafo anterior, se estará a lo previsto en el artículo 236.n) del Reglamento Hipotecario.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 10:00 a 13:00 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asiendo anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30% del tipo que corresponda, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder un tercero.
Sant Feliu de Llobregat, 12 de julio de 2012.- El Notario, José Juan de Ibarrondo y Guerrica-Echevarría.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid