Don Augusto Ariño García-Belenguer, Notario del Ilustre Colegio de Aragón con Despacho Profesional en Zaragoza, calle Juan Pablo II, nº 21, 1ª planta,
Hago saber: Que se esta siguiendo en esta Notaría procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria instado por Banesto, S.A., conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, sobre la finca hipotecada sita en calle Jesús nº 28 de Zaragoza, piso segundo derecha en la segunda planta alzada, de 52,49 metros cuadrados de superficie útil, y una cuota en elementos comunes del 7,84, registral nº 21.524 hoy por traslado nº 47.552, del tomo 2067, libro 952 del Registro de la Propiedad nº 15 de los de Zaragoza, con un valor de tasación de ciento setenta y un mil (171.000 €) euros, sin cargas anteriores ni posteriores a esta fecha, salvo las pertinentes afecciones fiscales.
Las condiciones del procedimiento de subasta son las siguientes:
Tendrá lugar en mi despacho profesional, arriba reseñado. La primera y unica subasta, de acuerdo con el articulo 12 RD 6/2012 de 9 de marzo al tratarse de vivienda habitual, el 28 de septiembre de 2012 a las 10 horas, siendo el tipo base el de 171.000 €; no obstante, si se presentan posturas por un importe igual o superior al 70% del valor del bien se entendera adjudicada a quien presente mejor postura.
Si la postura fuera inferior al 70% del tipo señalado, puede el deudor presentar en el plazo de 10 días tercero que mejore la postura ofreciendo cantidad superior al 70% del valor de tasación (171.000 €), que resulte suficiente para cubrir la completa satisfacción del derecho del ejecutante. Transcurrido dicho plazo sin presentar tercero o por postura inferior Banesto, S.A. puede pedir la adjudicación de la finca por importe igual o superior al 60% del valor de tasación.
Si Banesto, S.A. no hiciere uso de esa facultad, se adjudicará a quien presente mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50% del valor de tasación o siendo inferior, cubra al menos la cantidad reclamada por todos los conceptos.
Se puede consultar en esta Notaria la documentación y certificación del Registro de la Propiedad que señalan los artículos 231 y 236 b) del Reglamento para la Ejecución de la Ley Hipotecaria, de lunes a viernes, de 10 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaria una cantidad equivalente al 30% del tipo que corresponda a nombre del Notario. Podrá hacerse postura en pliego cerrado acompañado del justificante del depósito previo hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor de acreedor adquirente o el remate a favor del mismo o de acreedor posterior podrá hacerse en calidad de ceder a un tercero.
Zaragoza, 1 de agosto de 2012.- El Notario, D. Augusto Ariño García-Belenguer.
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