Don Luis Manuel Mata Rabasa, Notario de La Vall d'Uixó, del Ilustre Colegio de Valencia, en el día de hoy,
Hago saber: Que en mi notaría, sita en La Vall d'Uixó, Calle San Cristóbal, 18, 1.º, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de las siguientes fincas hipotecadas:
UNO. FINCA RÚSTICA.-Tierra regadío, naranjos, en partida Carmaday del término de La Vall d´Uixó. Consta de una superficie de una hectárea, sesenta y tres áreas, es decir, dieciséis mil trescientos metros cuadrados. Linda: Norte, Arrages, S.A.; Sur, Manuel Beltrán Orenga; Este, Josefa Serrano Fenollosa, y Oeste, carretera de Chilches. Constituye la parcela 219 del polígono 6, con referencia catastral 12126A006002190000FS. Está inscrita en el Registro de la Propiedad de NÚLES número 2, al Tomo 1.242, Libro 236, Folio 167, Finca 16.027, causando la hipoteca la inscripción 6.ª
DOS. FINCA RÚSTICA.-Veinticuatro áreas, noventa y tres centiáreas, de tierra secano, en término de La Vall d´Uixó, partida Carmaday. Lindante: Norte, Manuel Segarra Segarra; Sur, Ignacio Arnáu Jover; Este, Manuel Esteve Vilalta; Oeste, Hermanos Ventura, S.L. Constituye la parcela 235 del polígono 6, con referencia catastral 12126A006002350000FP. Está inscrita en el Registro de la Propiedad de NÚLES número 2, al Tomo 952, Libro 145, Folio 39, Finca 19.181, causando la hipoteca la inscripción 4.ª
TRES. FINCA RÚSTICA.-Treinta y un áreas noventa y cuatro centiáreas, que de reciente medición ha resultado ser treinta y tres áreas, cuarenta y cinco centiáreas y cincuenta y siete decímetros cuadrados, de tierra huerto naranjos, en término de La Vall d´Uixó, partida Carmaday; con lindes: Norte, camino; Sur, José Campos Nohales; Este, camino, y Oeste, Agrobelcaire, S.L. Constituye la parcela 236 del polígono 6, con referencia catastral 12126A006002360000FL. Está inscrita en el Registro de la Propiedad de NÚLES número 2, al Tomo 1.413, Libro 312, Folio 206, Finca 253, causando la hipoteca la inscripción 12.
CUATRO. FINCA RÚSTICA.-Dieciséis áreas y sesenta y centiáreas, de tierra secano con olivos, en término de La Vall d´Uixó, partida Carmaday, con lindes: Norte, desconocido; Sur, Ignacio Arnáu; Este, José Roig, y Oeste, Milagro Juliá. Constituye la parcela 234 del polígono 6, con referencia catastral 12126A006002340000FQ. Está inscrita en el Registro de la Propiedad de NÚLES número 2, al Tomo 1.379, Libro 298, Folio 48, Finca 5.100, causando la hipoteca la inscripción 4.ª
CINCO. FINCA RÚSTICA.-Tres hanegadas y ciento cincuenta y nueve brazas, o sean, treinta y un áreas, cincuenta y cinco centiáreas, de tierra secano olivar, hoy naranjos, en término de La Vall d´Uixó, partida Carmaday; Norte, resto de la finca de Manuel Esteve Valls; Sur, Joaquín Roma; Este, Pedro Ribera Lluch; y Oeste, Ignacio Valls. Constituye la parcela 237 del polígono 6, con referencia catastral 12126A006002370000FT. Está inscrita en el Registro de la Propiedad de NÚLES número 2, al Tomo 1.438, Libro 323, Folio 28, Finca 7.713, causando la hipoteca la inscripción 5.ª.
Procediendo la subasta de las citadas fincas, se hace saber sus condiciones.
Tendrá Lugar en mi notaría. La 1.ª subasta tendrá lugar el día uno de octubre de dos mil doce a las diez horas, siendo el tipo de base el siguiente:
Finca Uno (Finca Registral 16.027): TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL QUINCE EUROS CON VEINTICINCO CÉNTIMOS DE EURO (384.015,25 €).
Finca Dos (Finca Registral 19.181): CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE EUROS CON CUARENTA Y UN CÉNTIMOS DE EURO (58.579,41 €).
Finca Tres (Finca Registral 253): OCHENTA MIL DOSCIENTOS VEINTIÚN EUROS CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS DE EURO (80.221,66 €).
Finca Cuatro (Finca Registral 5.100): TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA EUROS CON NOVENTA Y CUATRO CÉNTIMOS DE EURO (32.370,94 €).
Finca Cinco (Finca Registral 7.713): SETENTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA EUROS CON CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS DE EURO (70.640,58 €).
De no haber postor o si resultare fallida, la 2.ª subasta tendrá lugar el día treinta y uno de octubre de dos mil doce a las diez horas, siendo el tipo de base el setenta y cinco por ciento (75%) de la primera; en los mismos casos, la 3.ª subasta tendrá lugar el día treinta de Noviembre de dos mil doce, a las diez horas, en la cual no se admitirán posturas por importe inferior al cincuenta por ciento (50%) del tipo de tasación fijado para la primera subasta; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y el mejor postor tendrá lugar el día dieciséis de octubre de dos mil doce, a las diez horas.
La documentación y certificado del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en mi notaría, sita en La Vall d'Uixó, Calle San Cristóbal, 18, 1.º, en horario de 10:00 a 14:00 horas, de Lunes a Viernes. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la notaría, una cantidad equivalente al treinta por ciento (30%) del tipo que corresponda en la 1.ª y 2.ª subasta y en la 3.ª subasta un veinte por ciento (20%) del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario.
Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante de depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acredor requeriente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Para el caso de que resultare infructuosa la notificación prevista en el artículo 236-d.1. del Reglamento Hipotecario a la persona a cuyo favor esté practicada la última inscripción de dominio sobre la finca objeto de la subasta y a los titulares de cargas, gravámenes y asientos posteriores a la hipoteca que se ejecuta, y, en su caso, al hipotecante no deudor, al fiador, al arrendatario de la finca hipotecada y a cualquier otra persona que se crea con interés legítimo a intervenir en el procedimiento, en virtud de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 236-d.2 del Reglamento Hipotecario, sirva el presente para notificarles: que pueden intervenir, si les conviene, en la subasta o satisfacer antes del remate el importe del préstamo y de los intereses y gastos en la parte asegurada con la hipoteca; del lugar, día y hora fijados para la celebración de aquélla.
La Vall d´Uixó, 31 de agosto de 2012.- El Notario.
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