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Documento BOE-B-2012-31195

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 19 de septiembre de 2012, páginas 42703 a 42703 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-31195

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 511/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad "Construccions Font Burgaya, S.L." y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto. Concurso voluntario 511/2012. Sección C4.

NIG del procedimiento. 0801947120128003386.

Entidad concursada. "Construccions Font Burgaya, S.L.", con CIF n.° B63062277.

Tipo de concurso. Voluntario.

Fecha del auto de declaración. 9 de julio de 2012.

Administrador/es concursales.- Don Alfonso Olive Gorgues (Abogado), como Administrador concursal único, con correo electrónico alfonso@oliveabogados.com

Facultades del concursado. Intervenidas.

Forma de personación. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al Art. 85 LC- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Admnistración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedores, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos. Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona a, 3 de septiembre de 2012.- La Secretaria judicial.

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