Don Francisco David Hurtado Cañas, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, hago saber: Que en mi Notaría, situada en calle Gaitán, número 22 de Posadas (Córdoba), se tramita venta extrajudicial conforme al artículo 129 de Ley Hipotecaria de la siguiente finca hipotecada:
Urbana.- Vivienda unifamiliar en construcción tipo E, señalada con el número veinticinco de la urbanización La Alberquilla, hoy calle El Membrillo, número dieciséis, situada en el ruedo y término de la villa de Almodóvar del Río.
Tiene una superficie construida total de ciento veintiocho metros treinta decímetros cuadrados; y una superficie útil de ciento cuatro metros veintiún decímetros cuadrados. Linderos: por la derecha entrando, con la vivienda señalada con el número veinticuatro de la segunda fase de la urbanización; por la izquierda, con la número veintiséis; y por el fondo, con casa número cuarenta de la urbanización.
Inscripción.- Registro de la Propiedad de Registro Posadas, tomo *Tomo 1068, libro *Libro 100, folio *Folio 208, finca *Finca 7523, inscripción *Inscripción 7.ª
Que procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, al seguirse el procedimiento contra la vivienda habitual del deudor la realización del valor del bien se llevará a cabo a través de una única subasta que tendrá lugar en la Notaria, en la calle Gaitán, número 22, de Posadas (Córdoba) el 25 de Octubre de 2.012, a las 12:30 horas, siendo el tipo base el de trescientos cincuenta y seis mil ochocientos ochenta y cuatro con setenta y dos euros (356.884,72 euros)
La subasta se efectuará en la forma en que determina el y se regirá por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible por el Artículo 236 del RH.
La documentación y certificación del Registro a que se refiere los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaria de Lunes a Viernes de 9 a 14 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la licitación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuten continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por ciento del tipo mediante cheque bancario conformado nominativo a nombre de la Notaria. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Posadas, 10 de septiembre de 2012.- El Notario, Francisco David Hurtado Cañas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid