Ante la imposibilidad de hacer efectiva la notificación de la resolución del recurso de reposición dictada en el procedimiento administrativo a la totalidad de interesados existen en el mismo y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a continuación se publica un extracto del contenido de la resolución del recurso potestativo de reposición del modo que sigue:
1. Por el Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, con fecha 31 de julio de 2012, se acordó resolver el recurso de reposición interpuesto por los interesados contra la resolución dictada, al amparo del artículo 40.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el procedimiento administrativo 4761/05, dederivación deresponsabilidadsubsidiaria, estimando parcialmente las alegaciones formuladas por los interesados, en el sentido de excluir a parte de aquéllos del régimen de responsabilidad determinado en el procedimiento administrativo.
2. De las actuaciones obrantes en el expediente, figura la efectiva comunicación de la resolución del recurso de reposición a los interesados obrantes en el procedimiento, con excepción de don Salvador Sáez Urrea, don José Ortiz Carrillo, don José Pérez Mateo-López, don Francisco Martínez Escudero, don Enrique Pérez de los Cobos Ayuso, doña Joaquina Sánchez Marsilla, don Alfonso Almagro Gómez, don Federico García Gracia, doña Leonor Godínez Monllor y don Enrique José Ruiz Alemán, dándose, por este motivo, publicidad a los mismos, para garantizar un adecuado conocimiento de los hechos que han tenido lugar.
De conformidad con la previsión establecida en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, con el fin de salvaguardar los derechos e intereses legítimos de los interesados en el procedimiento, no se procede a la publicación de la resolución del citado recurso en su totalidad, sino tan solo un extracto del mismo.
Lo que se hace público en sustitución de la notificación directa a las personas interesadas, las cuales podrán dirigirse al Fondo Español de Garantía Agraria para conocer el texto íntegro de la citada resolución.
Contra el presente resolución en fase de recurso administrativo podrán los interesados anteriormente citados interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo en el Juzgado Central de lo Contencioso- Administrativo, de conformidad con lo previsto en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 18 de septiembre de 2012.- El Jefe del Área de Procedimiento Administrativo y Régimen Legal.
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