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Documento BOE-B-2012-32194

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 26 de septiembre de 2012, páginas 43979 a 43979 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-32194

TEXTO

Edicto.

Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria Judicial, en sustitución, del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia.

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 533/2012 en el que se ha dictado con fecha 5 de septiembre de 2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad Nuphar Instalaciones, S.L., y abriendo a la vez la fase de liquidación, con CIF B-64931611, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

Nig del procedimiento: 08019-47-1-2012-8003622.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la disolución de la sociedad, el cese de sus administradores y la suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso, siendo sustituidos aquellos por la administración concursal.

Concursada: Nuphar Instalaciones, S.L., con domicilio en calle Méndel, 1-3-5, de Barcelona.

Administrador concursal: D. Antonio Batlle Moreno, con domicilio en Av. Diagonal, 416, principal, de Barcelona, con correo electrónico: concursonuphar@grupogispert.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos regístrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona a, 5 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial, en sustitución, Natalia Ramos Laín.

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