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Documento BOE-B-2012-32210

LONDRES

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 26 de septiembre de 2012, páginas 43996 a 43997 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-32210

TEXTO

En los procedimientos seguidos en relación con:

Nortel Networks Uk Limited n.º 536 de 2009.

Nortel GMBH n.º 542 de 2009.

Nortel Networks Nv n.º 550 de 2009.

Nortel Networks s.p.a. n.º 552 de 2009.

Nortel Networks b.v. n.º 553 de 2009.

Nortel Networks Polska sp. z.o.o. n.º 554 de 2009.

Nortel Networks Hispania, S.A. n.º 535 de 2009.

Nortel Networks International Finance & Holdings Bv n.º 549 de 2009.

Nortel Networks (Austria) Gmbh n.º 537 de 2009.

Nortel Networks Sro n.º 538 de 2009.

Nortel Networks Engineering Service Kft n.º 540 de 2009.

Nortel Networks Portugal, S.A. n.º 547 de 2009.

Nortel Networks Slovensko s.r.o. n.º 551 de 2009.

Nortel Networks France Sas n.º 544 de 2009.

Nortel Networks Ab n.º 548 de 2009.

Nortel Networks (Ireland) Limited ("Nortel Ireland") n.º 541 de 2009.

Nortel networks, S.A. nº 539 de 2009.

Nortel Networks Oy n.º 545 de 2009.

Nortel Networks Romania Srl n.º 546 de 2009.

(Conjuntamente, las "Sociedades").

Y en el procedimiento seguido a efectos de la Ley de Insolvencia de 1986.

Se ha dictado el siguiente:

Auto.

A solicitud de:

(1) Los Sres. Alan Robert Bloom, D. Alan Michael Hudson, D. Stephen John Harris y D. Christopher John Wilkinson Hill, de Ernst & Young LLP, administradores mancomunados[1] de las Sociedades excepto de Nortel Ireland; y

(2) Los Sres. Alan Robert Bloom y David Martín Hughes, administradores mancomunados[2] de Nortel Ireland.

(conjuntamente, los "Administradores Mancomunados[3]").

Una vez oído el Abogado de los solicitantes.

Y tras considerar las ocho declaraciones de testigos presentadas por D. Alan Robert Bloom de fecha 24 de octubre de 2011 y la documentación adjunta a las mismas.

Se ordena:

(1) De conformidad con lo dispuesto en el apartado 76(2)(a) del Anexo B1 de la Ley de Insolvencia de 1986, prorrogar el mandato de los Administradores Mancomunados[4] así como la situación de administración a la que se encuentran sujetas cada una de las sociedades por un período adicional de 24 meses, hasta las 12:00 p.m. del 13 de enero de 2014.

(2) Los costes de la presente solicitud serán satisfechos al igual que si se tratara de un gasto de la administración de las sociedades.

(3) Cualquier otra orden o medida que el presente Juzgado entienda adecuada.

[1] Joint directors.

[2] Joint directors.

[3] Joint directors.

[4] Joint directors.

Londres, 6 de diciembre de 2011.- High Court of Justice, Chancery Division, Companies Court.

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