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Documento BOE-B-2012-3233

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 1 de febrero de 2012, páginas 4293 a 4293 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-3233

TEXTO

D.ª Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz,

por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000299/2011 se ha dictado a instancias de María Fernández Chamorro, en fecha 19 de enero de 2012 Auto de Declaración de Concurso del deudor María Fernández Chamorro, con DNI n.º 9.200.296-C, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Diego María Crehuet, n.º 12, 1.º, de Mérida (Badajoz).

2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal que estará integrada por el Letrado D. Gustavo Gómez Vázquez, con domicilio en calle Juan Nogré Rauch, n.º 1, A, 1.º B, de Badajoz, correo electrónico: gusgomez21@hotmail.com.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la Administración Concursal en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito o por cualquier medio telemático presentado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).

Badajoz, 19 de enero de 2012.- Secretaria Judicial.

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