Doña Cristina María Valero Doménech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente hago saber:
Por el presente se hace saber que en este Juzgado se siguen autos de concurso de acreedores de Carpintería Metálica Milán, S.L., con el número de registro 92/11 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 6 de septiembre de 2012 con el siguiente tenor literal:
"Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición de los administradores de la empresa concursada.
Se declara la disolución de la mercantil concursada Carpintería Metálica Milán, S.L., lo que conlleva el cese de la Administración societaria que será sustituida por el administrador concursal, don José Jerónimo Rico García con DNI/NIF n.º 22.564.811-V, ello sin perjuicio de continuar aquélla administración societaria en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte; quien presentará en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC.
Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables.
Cualquiera de los acreedores del presente concurso o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en la sección 6.ª alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se hubiere dado a ésta resolución, lo que se hará constar en el edicto ya acordado para la publicidad de la apertura de la fase de liquidación".
Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 LC, se expide el presente.
Valencia, 6 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.
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