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Documento BOE-B-2012-33012

Resolución de 11 de septiembre de 2012, de la Delegación de Economía y Hacienda de Cuenca, por la que se convoca subasta pública de varias fincas rústicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 2 de octubre de 2012, páginas 45047 a 45048 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-B-2012-33012

TEXTO

Por Orden ministerial y de conformidad con lo dispuesto en artículo 138, de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y en los artículos 103 y siguientes del Real Decreto 1373/2009, de 29 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 33/2003, se ha acordado la enajenación en pública subasta de las fincas que se describen a continuación, todas ellas inscritas en el Registro de la Propiedad correspondiente y libres de cargas.

Término Municipal

Pol.

Parcela

Superficie hectáreas

Paraje

Valoración/€

Valdemeca

501

53

1,2557

El Berral

4.500

Valdemeca

502

4

1,9527

Entre Caces

5.100

Valdemeca

502

17

1,6759

Tobares

6.800

Valdemeca

502

23

1,8814

Loma del Santo

4.100

Valdemeca

503

15

0,0936

Huertos Las Fuentes

512

Valdemeca

503

34

1,7235

El Horcajo

7.125

Valdemeca

506

1002

0,2079

Heruela de la Puerta

300

Valdemeca

506

2

1,7746

Heruela de la Puerta

7.123

Valdemeca

506

4

0,4204

Heruela de la Puerta

1.215

Valdemeca

506

6

1,8741

Heruela dela Puerta

4.700

Valdemeca

506

9

0,1869

Heruela dela Puerta

500

Valdemeca

506

1001

0,7558

Heruela de la Puerta

2.900

Valdemeca

507

30

0,2406

Sacea

300

Valdemeca

508

22

0,6713

Barranco Huerta

2.200

Valdemeca

551

25 y (1003 y 1004)

1,6717

Baranco las Caleras

4.620

Motilla del Palancar

501

73

2,1400

La Navarra

7.300

Motilla del Palancar

502

1005

0,8340

Las Raíllas

2.200

Motilla del Palancar

502

56

0,6430

Labajo a Guija

4.500

Motilla del Palancar

502

199

0,3990

Las Raíllas

815

Motilla del Palancar

502

214

0,8180

Las Raíllas

2.100

Motilla del Palancar

502

244

0,6980

Las Raíllas

1.400

Alarcón

614

35

2,4370

Baranco Viejo

8.050

Alarcón

614

39

2,9100

Baranco Viejo

8.500

Alarcón

614

46

1,6730

Barranco Viejo

10.500

Villarejo de Fuentes

208

29

0,4881

Pioja

2.950

En su virtud, el próximo día 12 de noviembre de 2012, a las 9:30 horas, en esta Delegación de Economía y Hacienda y ante la mesa presidida por la Delegada en esta provincia, se celebrará la 1.ª subasta pública de las mismas.

El tipo de venta para la 1.ª subasta será el 100% de la valoración, siendo el procedimiento adoptado en todas las subastas convocadas el de pujas a la llana, en viva voz y en alza.

Si la primera subasta quedara desierta, la segunda, tercera y cuarta se celebrarán el mismo día 12 de noviembre de 2012, a las 10:30, 11:30 y 12:30 horas, respectivamente, en el mismo lugar que la primera, y el tipo de tasación de los bienes se reducirá un 15% del anterior en cada una de ellas.

Se utiliza la subasta, tal y como establece el artículo 137, de la Ley 33/2003, como forma de enajenación, pues los bienes a enajenar son inadecuados para atender las directrices derivadas de las políticas públicas a que se refiere el apartado 2 del artículo 8 de dicha Ley.

Para tomar parte en las subastas es requisito indispensable consignar ante la mesa o exhibir a la misma resguardo del depósito constituido en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales por la cantidad del 25% de la cantidad que sirva de tipo para la venta. El hecho de haber realizado el depósito para adquirir un bien en la subasta supone de antemano optar dicho bien y aceptar el tipo de licitación del mismo, como mínimo, con independencia del número de participantes, inclusive aunque se sea el único.

Si el adjudicatario no satisface el precio dentro del mes siguiente a la notificación de la adjudicación, la mesa, además de decretar la pérdida de la fianza, podrá adjudicar los bienes a la oferta segunda en cuantía, a cuyo posible efecto se habrá retenido la fianza correspondiente a dicha postura, la cual garantizará el pago del precio por el segundo oferente.

No se admitirán posturas en calidad de ceder a terceras personas, es decir, el adjudicatario del bien no podrá hacer cesiones a terceros sin cumplir con los correspondientes trámites de escrituración a su nombre.

La totalidad de los gastos originados con motivo de las enajenaciones serán de cuenta del adjudicatario.

Los inmuebles se venderán como cuerpo cierto y en su estado actual de conservación, por lo que una vez adjudicados los bienes no se admitirán reclamaciones sobre su estado o errores en la descripción de los mismos.

Cuenca, 20 de septiembre de 2012.- La Delegada de Economía y Hacienda, M.ª del Pilar García Sánchez-Brunete.

ANÁLISIS

Modalidad:
Otros
Tipo:
Servicios
Ámbito geográfico:
Castilla-La Mancha
Materias (CPV):
70000000 Servicios inmobiliarios
Observaciones:
Varios expedientes.
Subasta.

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