Edicto
El juzgado de lo mercantil de Madrid número 7 anuncia:
Que en el procedimiento C.N.O 671/10, relativo a la concursada Doña Esther Pérez Cossío, con fecha 03/09/12, se ha dictado auto acordado lo siguiente:
1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por Auto de fecha 19/06/12 y abrir la fase de liquidación, dejando sin efecto igualmente el señalamiento de la Junta de Acreedores señalada para el 02/10/12.
2.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la L.Co. que serán sustituidas por la Administración Concursal Se declara extinguido el derecho de alimentos del concursado con cargo a la masa activa
3.- Dentro de los quince días siguientes a la notificación de esta resolución la Administración Concursal presentara un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso que siempre que sea factible deberá contemplar la enajenación unitaria del conjunto de los establecimientos, explotaciones y cualesquiera otras unidades productivas de bienes y servicios del concursado o de alguno de ellos.
4- Hágase saber a los interesados que para conocer del resto de las resoluciones que se dicten en la sección, 5.ª deberán de personarse expresamente en la misma.
Madrid, 3 de septiembre de 2012.- La Secretario Judicial.
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