Don Juan Ramón Ortega Vidal, titular del D.N.I. número 50400337-T, Notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia en la villa de Pozuelo de Alarcón, Notario competente para la tramitación del procedimiento de ejecución extrajudicial hipotecaria de los artículos 129 de La Ley Hipotecaria y 234 y siguientes de su Reglamento y por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo,
Hago constar: Que se han iniciado, ante mí, los trámites para la venta extrajudicial por medio de subasta, a instancia de "Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima", con C.I.F. número A-28000032, contra "Estudios Urbanísticos Madrileños, S.L.", con C.I.F. número B-82243783, sobre la siguiente finca hipotecada:
En Pozuelo de Alarcón (Madrid):
Una participación indivisa del 88,56 % de la siguiente finca:
Tierra de secano donde llaman la Urraca o Esparragal. De caber setenta y cinco áreas cuarenta y seis centiáreas, o sea, siete mil quinientos cuarenta metros cuadrados. Linda: Oriente, la de Carmen Gómez; poniente, la de Patricio García; norte, la de Ramón Martín, y mediodía, tierra de herederos de don Santiago Salanueva. Está atravesada por la carretera de Pozuelo que la divide en dos con los siguientes linderos: Parte mayor, saliente, herederos de don Luis Llorente; mediodía, Carmen Gómez; poniente, Luis García Martín, y norte, carretera de Pozuelo-Majadahonda; parte pequeña; saliente, Juan González García; mediodía, carretera de Pozuelo-Majadahonda, y norte, Tomás Barrio y Josefa Martín.
Inscripción: Consta inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Pozuelo, al tomo 1.038, libro 1.031, folio 170, finca número 933.
Inscrita asimismo la hipoteca constituida a favor de los demandantes, en las inscripciones 12ª, 15ª y 16ª.
Las bases de la subasta son las siguientes:
1. La primera subasta tendrá lugar en mi notaría sita en avenida de Europa, número 7 (entrada por calle Dinamarca) de esta villa de Pozuelo de Alarcón, el próximo día 5 de noviembre de 2012, a las diez horas, al tipo base del precio tasado en la escritura de constitución de la hipoteca, que es la cantidad de dos millones cuatrocientos setenta y dos mil ochocientos euros (2.472.800,00 €), de no haber postor ó si resultase fallida, la segunda subasta se celebrará el día 29 de noviembre de 2012, a las 10,00 horas, cuyo tipo será el 75 por ciento de la primera, en los mismos casos, la tercera subasta se celebrará el día 27 de diciembre de 2012, a las 10,00 horas, sin sujeción a tipo, y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor se celebrará el día 4 de enero de 2013, a las 10,00 horas.
2. Para tomar parte en las subastas los postores deberán consignar previamente a las mismas, una cantidad equivalente al 30 por ciento del tipo que corresponda en la primera y segunda subasta; y en la tercera un 20 por ciento del tipo de la segunda, debiendo presentar el resguardo de la justificación de su ingreso en la cuenta corriente número 00301170380001584271, abierta en la sucursal número 1.170, de la entidad Banco Español de Crédito, S.A., sita en Pozuelo de Alarcón (Madrid), calle Concepción, número 3, C.P. 28223.
3. La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236-A y 236-B del Reglamento Hipotecario están de manifiesto en mi notaría de lunes a viernes de 10 a 14 horas, entendiéndose que todo licitador por el solo hecho de participar en la subasta, admite y acepta como bastante la titulación existente, y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad de los mismos.
4. La subasta se efectuará en la forma en que determina la Ley y Reglamento Hipotecario y se regirá por lo dispuesto en los artículos 129 de La Ley Hipotecaria y 234 y siguientes de su Reglamento y por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, y en lo que no fuera incompatible por el artículo 236 del RH.
5. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, desde la publicación del presente anuncio hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo se podrá hacer a calidad de ceder a un tercero.
Pozuelo de Alarcón, 28 de septiembre de 2012.- El Notario.
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