Intentada la práctica de la notificación personal de dicha Resolución en el domicilio de su destinataria sin que se haya podido realizar, se procede a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (BOE del 27) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC) y sus modificaciones posteriores.
Expediente 02.CC./12 Reg. 043.
Se procede a comunicar el fallo de la Resolución de fecha 4 de julio de 2012, por la que se declara a doña Ioana Jipa, alumna de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales (Grado en Turismo), de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, autora disciplinariamente responsable de la comisión de una falta leve, tipificada en el artículo 5.º c) del vigente Reglamento de Disciplina Académica (Decreto 8 septiembre 1954; BOE de 12 de octubre), imponiéndole la sanción prevista en el artículo 6.º c, 1.ª, del mencionado Reglamento.
La citada Resolución agota la vía administrativa, por lo que puede ser impugnada, directamente, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, o, potestativamente, a través de recurso de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes, contados ambos plazos a partir del día siguiente de su publicación.
La Resolución, con su texto íntegro, se encuentra a disposición de la interesada en la Sección de Inspección de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, calle Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid.
Madrid, 27 de septiembre de 2012.- La Secretaria General.
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