Por el presente anuncio la Dirección de General de Seguros y Fondos de Pensiones comunica a los interesados que abajo se relacionan, cuya notificación ha resultado infructuosa por causas no imputables a la Administración, mediante el procedimiento de comunicación edictal establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el siguiente requerimiento:
"Con fecha 12 de junio de 2010, se publicó en el BOE el Real Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se regulan los libros-registro y el deber de información estadístico-contable de los corredores de seguros y las sociedades de correduría de seguros. Con relación al deber de información estadístico-contable, esta Dirección General, le comunica lo siguiente:
Primero: De acuerdo con el artículo 7 del precitado Real-Decreto, la información estadístico-contable correspondiente al ejercicio de 2010, debió remitirse antes del 10 de julio de 2011.
Segundo: Vencido dicho plazo no se ha recibido en este Órgano de Control la información requerida, por lo que se le concede un plazo improrrogable de diez días para su remisión, a la vez que se le recuerda lo dispuesto en los artículos 7.3 del Real Decreto 764/2010, y 55.3.h) de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados.
Tercero: Asimismo, según se solicita en el Modelo de Declaración (mod. 01 ó 02 según se trate de personas físicas o jurídicas) de la Documentación estadístico-contable anual contenido en el Anexo del citado Real Decreto, deberá remitirse copia de los recibos de prima correspondiente a la póliza de seguro de responsabilidad civil profesional en vigor, conforme a lo exigido en el artículo 27.1.e) de la Ley 26/2006, de 17 de julio. El período que deberá justificar será desde el 01-01-10 hasta el 31-12-10. La falta de remisión de los recibos implicará el inicio de la cancelación de la inscripción de la autorización administrativa para ejercer como corredor o como sociedad de correduría de seguros, de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley 26/2006.
Cuarto: La remisión de la información estadístico-contable se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 764/2010, de 11 de junio. La presentación de la documentación solicitada se hará de forma electrónica de conformidad con la normativa que regula el Registro Electrónico del Ministerio de Economía y Hacienda."
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL |
Nº DE EXPEDIENTE ASIGNADO |
JOSE PACHECO TRIGOSO |
4631/2011 |
NOZIONA CONSULTING S.L |
4654/2011 |
PREVENCIÓN DE DAÑOS MEDIADORES DE SEGUROS S.L |
4658/2011 |
AGENCIA TÉCNICA DE SEGUROS XATIVA SL |
4659/2011 |
ARARE AGENCIA DE SEGUROS S.L |
4668/2011 |
OPTIMALIA MIT S.L. |
4683/2011 |
LLUIS CONESA ESPIN |
4347/2011 |
FRANCISCO RAMON I MORAN |
4365/2011 |
ANTONI TORT I TOSAL |
4370/2011 |
MARIA DEL CARME DOLZ ZARAGOZA |
4372/2011 |
JOSE MICOL BROCAL |
4409/2011 |
JOSE AGUSTÍN LÓPEZ LORENTE |
4410/2011 |
JUAN CARLOS GARCÍA TAPIA |
4412/2011 |
IVÁN RANZ SANCHEZ |
4426/2011 |
UNIBROK XXI, CORREDURÍA DE SEGUROS, S.A. GRUPO AGRUPACIÓN MUTUA |
4469/2011 |
RAINSBROK CORREDURÍA ESPAÑOLA DE SEGUROS, S.L. |
4484/2011 |
BAQUIPISA, S.L. |
4490/2011 |
MAYO Y PÉREZ CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. |
4506/2011 |
POLYSEGUR CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. |
4538/2011 |
JOSE LUIS GARCÍA ROIG S.L. |
4543/2011 |
SOCIEDAD MEDIADORA OREJA CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. |
4548/2011 |
GESTIMVER GESTIONES DIVERSAS, S.L. |
4572/2011 |
MITJANS & BASA S.L. CORREDURÍA DE SEGUROS |
4573/2011 |
CARRETERO Y FREIRE ASOCIADOS, SOCIEDAD LIMITADA |
4577/2011 |
SANCHEZ ABADÍA, S.L. |
4594/2011 |
TAUROSEGUR,SL |
4600/2011 |
KUTIKO 2008 S.L |
4606/2011 |
ACOSTA & ASOCIADOS BROKER, CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. |
4607/2011 |
MOTEROS S.L |
4609/2011 |
Madrid, 20 de enero de 2012.- La Directora General de Seguros y Fondos de Pensiones, María Flavia Rodríguez-Ponga Salamanca.
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