Contido non dispoñible en galego
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.
Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria judicial del Juzgado de lo mercantil número 3 de Barcelona
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 532/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad "Rehabilitacions Gracia 2000, S.L." y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de Asunto: Concurso voluntario 532/2012, Sección C2.
NIG del Procedimiento: 3445/2012.
Entidad Concursada: "Rehabilitacions Gracia 2000, S.L.", con CIF número B62527122.
Tipo de concurso: Voluntario.
Fecha del auto de declaración: 3 de septiembre de 2012.
Administradores concursales: Joaquín Bordas Montoliu (Bufete Rabionet & Assoclats SAP), con correo electronico: j.bordas@rabionetassociats.com y domicilio en avenida Pau Casals, 16, ppal., 1.ª, de Barcelona.
Facultades del concursado: Intervenido.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la admnistración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitidos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial, se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 5 de septiembre de 2012.- La Secretario Judicial.
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