El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Primero.- Que en el concurso abreviado número 0000279/2012, por auto de fecha 12 de septiembre de 2012 NIG 3120147120120000292 se ha declarado en concurso de materia voluntaria al deudor "Fontanería Barañain Calefacción, S.L." con CIF B 31444235 y domicilio en calle Vidangoz/Bidankoze Kalea, 4, bajo, de Pamplona/Iruña y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la citada localidad.
Segundo.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.
Que el día de hoy ha aceptado el cargo la administración concursal siguiente:
El administrador concursal único en el presente procedimiento concursal a la mercantil "Fontanería Barañain Calefacción, S.L." con domicilio social en calle Vidangoz/Bidankoze Kalea, 4 bajo, 31014 Pamplona/Iruña. Manifiesta que en el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 30.1 párrafo segundo de la LC., actuando en este acto en nombre y representación de la mercantil designada, comunica que es la persona natural que representa a dicha sociedad en estas actuaciones y que reúne las condiciones del apartado 2.º del artículo 27-1 de la Ley concursal.
Don Juan Antonio Ibáñez Ruiz, DNI 15848644 B, mayor de edad, nacionalidad española, vecino de Cordovilla-31191- domicilio en calle San Cosme y Dan Damián, s/n, Ain, profesión: economista. Teléfono.- 636265883, Fax.-948421100, correo electrónico: jaibanez@ain.es
Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Quinto.- Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación y a la vista de lo dispuesto en el artículo 191. ter 2, en relación al artículo 191.ter 1 y 190.3 de la Ley Concursal se da traslado por 10 días a los acreedores para que puedan realizar alegaciones.
Pamplona/Iruña, 21 de septiembre de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.
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