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Documento BOE-B-2012-36348

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 27 de octubre de 2012, páginas 49491 a 49491 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-36348

TEXTO

Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona,

Hace saber: Que en los autos con NIG 08019-47-1-2012-8004868 y n.º 596/2012-G, se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 25 de septiembre de 2012, de TOGODYBEL 05, S.L., cpn B-63807325, con domicilio social sito en c/ Munt, n.º 38, 08392 Sant Andreu de Llavaneras (Barcelona), en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El Administrador concursal es FOREST PARTNERS ESTRADA Y ASOCIADOS S.L.P., con domicilio en rambla Catalunya, n.º 60, 08007 Barcelona, tel. 93.272.69.56 y fax 93.272.66.22, que designa como persona física que ejercerá el cargo de Administrador Concursal a Jorge Matas Torrellas, con domicilio profesional en rambla Catalunya, n.º 60, 08007 Barcelona, tef. 93.272.69.56 y fax 93.272.66.22, jmatas@forestpartners.es.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en rambla Catalunya, n.º 60, 08007 Barcelona, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de Un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 11 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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