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Documento BOE-B-2012-37181

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 2 de noviembre de 2012, páginas 50579 a 50579 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-37181

TEXTO

Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

1.º Que en este Juzgado se siguen autos de concurso voluntario abreviado número 443/2012 - F, y número de identificación general del procedimiento (NIG) 50297 47 1 2012 0000883, en el cual se ha dictado en fecha de ocho de octubre de 2012, auto de declaración de concurso voluntario de don José Ignacio Camarero Herrero, mayor de edad, casado en régimen matrimonial de separación de bienes, provisto de DNI número 25.440.636-Z, y con domicilio en Zaragoza, calle Carmelo Betoré, número 2, casa 7, 1.º, B.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el citado deudor, mediante autorización o conformidad de la administración concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la administración concursal designada, el Profesor Mercantil don Javier Odriozola Agreda, con NIF número 37.634.766-G, dirección postal: Avenida de las Torres, número 35, escalera derecha, 2.º, 2.ª, 50008 Zaragoza; Teléfono: 976 592583, fax: 976 594295, correo electrónico: javier@odiozola.net

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal del administrador concursal indicado, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en la dirección electrónica indicada.

4.º La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio postal, dirección de correo electrónico y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 16 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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