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Documento BOE-B-2012-37899

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 7 de noviembre de 2012, páginas 51520 a 51520 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-37899

TEXTO

Edicto

D.ª M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid

Anuncia

Que en el procedimiento concursal número 211/12 referente al concursado Futuro Solar Técnicas Solares Aplicadas, S.L., con CIF:B-84994557, y domiciliado en la Avenida de Castilla la Mancha 77, local, de San Sebastián de los Reyes, por auto de fecha 23 de octubre de 2012 se ha acordado lo siguiente:

1.- Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Futuro Solar Técnicas Solares Aplicadas, S.L., con CIF:B-84994557, y domiciliado en la Avenida de Castilla la Mancha, 77, local, de San Sebastián de los Reyes, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 53, inscripción 1.ª, de la sección 9, folio 1, hoja n.º 1245.

2.- Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4. - Se declara disuelta la mercantil Futuro Solar Técnicas Solares Aplicadas, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el BOE y en el tablón de anuncios del Juzgado.

Inscribir, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

5.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

Madrid, 23 de octubre de 2012.- Secretario judicial.

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