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Documento BOE-B-2012-3880

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 7 de febrero de 2012, páginas 5116 a 5116 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-3880

TEXTO

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000282 /2011 se ha dictado, a instancias de Mármoles Aliseda, S.L. en fecha 25 de enero de 2012 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Mármoles Aliseda, S.L., con CIF B06063242, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Carretas, n.º 13, de Don Benito (Badajoz).

2.º Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición sean intervenidas por la administración concursal que estará integrada por la Letrada doña Ana García Calvo, con domicilio en la calle Cervantes, n.º 3, 2.º G, 06200 Almendralejo (Badajoz) y correo electrónico agc@garciacalvoabogados.com

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, que se remitirá al domicilio de la administración concursal por cualquier medio incluso por medio de correo electrónico y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Badajoz, 25 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial.

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