Edicto
Doña Julia Zapatero García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, anuncia:
Que en los autos de concurso voluntario abreviado n.º 639/2011 referente al deudor Tecniser Técnica y Servicio, S.A., con CIF: A 80066665, en el cual se ha dictado auto con fecha 29 de octubre de 2012, cuya parte dispositiva es como sigue:
Acuerdo:
1.- Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Tecniser Técnica y Servicio, S.A.
2.- Abrir la fase de liquidación, formándose la Sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.
3.- Quedar, durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
4.- Declarar la disolución si no estuviese acordada y, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del juzgado que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal.
6.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.
7.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
8.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Madrid, 29 de octubre de 2012.- El/la Secretario Judicial.
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