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Documento BOE-B-2012-39479

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 19 de noviembre de 2012, páginas 53628 a 53628 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-39479

TEXTO

Edicto

Doña Julia Zapatero García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, anuncia:

Que en los autos de concurso voluntario abreviado n.º 639/2011 referente al deudor Tecniser Técnica y Servicio, S.A., con CIF: A 80066665, en el cual se ha dictado auto con fecha 29 de octubre de 2012, cuya parte dispositiva es como sigue:

Acuerdo:

1.- Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Tecniser Técnica y Servicio, S.A.

2.- Abrir la fase de liquidación, formándose la Sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3.- Quedar, durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4.- Declarar la disolución si no estuviese acordada y, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del juzgado que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal.

6.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

8.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Madrid, 29 de octubre de 2012.- El/la Secretario Judicial.

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