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Documento BOE-B-2012-39849

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 21 de noviembre de 2012, páginas 54178 a 54178 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-39849

TEXTO

El Secretario judicial don/doña José Vela Perez, del juzgado Mercantil nº 6 de Barcelona

Hace saber:

Que en los autos que se siguen en este juzgado con el número 612/2012 se ha declarado, mediante auto de fecha 6 de noviembre de 2012, el concurso voluntario de Estructuras Ledoga, S.L. con NIF b-65117103 y domicilio en c/ Salvador Dalí nº 26 de Dosrius (Barcelona), en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado don/doña Manuel Matesanz Sánchez por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Rambla de Catalunya nº 18, 6º de Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal mmatesanz@economistes.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el servicio común de los juzgados mercantiles.

La resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el registro público concursal.

Barcelona, 6 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.

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