Edicto.
Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria.
Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal nº 52/2012, seguido a instancias de la Procuradora Inmaculada García Santana, en nombre y representación de Carmelo Mújica Santana, se ha dictado Auto el día 24 de septiembre de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
Se declara el concurso de don Carmelo Mújica Santana, con D.N.I., n.º 43248942, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario
Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y tablón de anuncios del Juzgado.
Se designa como Administrador Concursal del concurso al abogado José M.ª Vela Hidalgo Gómez, con domicilio postal en calle Carmen Llopis, n.º 7, 3.º, 35003, Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas; teléfono 928360618, fax 928372462, correo electrónico info@abogadosdeleonyval.com
En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; Intervención.
Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de 1 mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.
Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en forma en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).
Don Alberto López Villarrubia, Magistrado Juez. Doña. Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial. - Firmados y rubricados.
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.
Las Palmas de Gran Canaria, 5 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
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