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La Junta de Gobierno Local reunida en sesión de 19 de diciembre de 2011 adoptó el siguiente Acuerdo:
"Aprobar de conformidad con lo dispuesto por el art. 139.1-2 de la LCSP Ley 30/2007 la renuncia a la adjudicación del contrato de consultoría, análisis y la puesta en marcha de un gestor de expedientes a partir del catálogo de los procedimientos administrativos del Ayuntamiento.
Estimar de conformidad con lo dispuesto por el art. 139.3 de la LCSP, que existen las siguientes razones de interés público para la renuncia a la celebración del contrato:
La imposibilidad de financiar el gasto plurianual que está condicionado a la existencia de crédito presupuestario suficiente en cada anualidad, como consecuencia de la necesidad de reducir el gasto presupuestario y la conveniencia de carácter técnico de reformular el proyecto para conseguir una mejor adecuación del mismo a las previsiones del RD 3/2010 de 8 de enero que regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica, que ha sido publicado con posterioridad a la aprobación del expediente".
Santander, 13 de enero de 2012.- Concejal de Contratación, Patrimonio y Compras.
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