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Documento BOE-B-2012-41989

Anuncio de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones por el que se hace pública la Resolución relativa a los recursos de reposición interpuestos por varios operadores contra la Resolución de 5 de julio de 2012 de revisión de la Oferta Mayorista de Acceso a Registros y Conductos de Telefónica.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 4 de diciembre de 2012, páginas 57030 a 57031 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-B-2012-41989

TEXTO

En el "Boletín Oficial del Estado" número 169, del día 16 de julio de 2012, se hizo pública la resolución adoptada por el Consejo de esta Comisión el día 5 de julio de 2012, sobre la revisión de la oferta mayorista de acceso a registros y conductos de Telefónica, poniendo fin al expediente MTZ 2011/1477.

Dada la pluralidad indeterminada de interesados en la resolución de los recursos de reposición interpuestos por Jazz Telecom, Sociedad Anónima Unipersonal, R Cable y Telecomunicaciones Galicia, Sociedad Anónima, Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, Ibérica de Sonorización y Telecomunicaciones, Ibersontel, Sociedad Limitada y France Telecom España, Sociedad Anónima Unipersonal, contra la Resolución que puso fin al expediente MTZ 2011/1477, se hace público por esta vía, de conformidad con el artículo 59 (apartados 5 y 6) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que con fecha 22 de noviembre de 2012, el Consejo de esta Comisión resolvió sobre los mencionados recursos en el marco del expediente AJ 2012/1771, lo siguiente:

Primero.- Estimar íntegramente el recurso de reposición de France Telecom España, S.A.U. contra la Resolución de 5 de julio de 2012, dictada en el marco de la tramitación del expediente número MTZ 2011/1477, sobre la revisión de la oferta mayorista de acceso a registros y conductos (MARCo) de Telefónica, y en consecuencia modificar la redacción del último párrafo del Apartado 11.6 del Fundamento de Derecho Tercero de la misma (página 76), quedando redactada en los siguientes términos:

Modificación de la oferta. El ámbito de aplicación de la oferta de referencia abarcará todas aquellas infraestructuras de obra civil de Telefónica que los operadores necesiten para desplegar sus redes de acceso NGA, entendiéndose incluidos los tramos ubicados en zonas no urbanas.

Segundo.- Estimar parcialmente el recurso de reposición de R Cable y Telecomunicaciones Galicia, S.A. contra la Resolución de 5 de julio de 2012, dictada en el marco de la tramitación del expediente número MTZ 2011/1477, sobre la revisión de la Oferta Mayorista de Acceso a Registros y Conductos (MARCo) de Telefónica y, en consecuencia, modificar la redacción del Apartado 4.18 del Fundamento de Derecho Tercero de la misma (página 39), añadiéndose un nuevo ítem al sub apartado "Modificación de la oferta", debiendo quedar redactado en los siguientes términos:

Modificación de la oferta. Se añadirán a la oferta los puntos siguientes:

Cuando concurra la necesidad de sustituir un poste por otro de superiores prestaciones, Telefónica deberá remitir al operador un proyecto que justifique la necesidad de emplear el modelo propuesto.

Tras la aprobación del proyecto por parte del operador, Telefónica deberá registrar la fecha en que solicite las autorizaciones administrativas oportunas, así como la fecha en que se le concedan.

La instalación/sustitución de los postes por parte de Telefónica deberá efectuarse en el plazo máximo de cuarenta días laborales, contados a partir de la obtención de los permisos correspondientes.

El proceso de instalación/sustitución de postes deberá quedar reflejado de forma adecuada en la herramienta NEON.

La fecha de inicio de la facturación irá ligada al instante en que Telefónica confirme al operador que ya ha realizado la sustitución de los postes, puesto que sólo entonces está disponible la infraestructura.

El recurso de reposición de R Cable y Telecomunicaciones Galicia, S.A. se desestima en el resto de cuestiones planteadas.

Tercero.- Desestimar íntegramente los recursos de reposición de Jazz Telecom, S.A.U., Telefónica de España, S.A.U. e Ibérica de Sonorización y Telecomunicaciones, Ibersontel, S.L. contra la Resolución de 5 de julio de 2012, dictada en el marco de la tramitación del expediente número MTZ 2011/1477, sobre la revisión de la oferta mayorista de acceso a registros y conductos (MARCo) de Telefónica.

Asimismo, se pone de manifiesto que contra la Resolución a la que se refiere este anuncio, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.12 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, la disposición adicional cuarta, apartado 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de lo previsto en el número 2 del artículo 58 de la misma Ley.

Asimismo, se informa que la Resolución objeto de la presente notificación, en virtud de la cautela prevista en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no se publica en su integridad encontrándose a disposición de los interesados en la sede de esta Comisión, sita en la calle Bolivia, 56 de Barcelona, donde podrá comparecer para su conocimiento íntegro. De no comparecer en la sede de esta Comisión en el plazo de 10 días desde la fecha de publicación del presente anuncio, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales. Asimismo, el texto íntegro de la Resolución se encuentra publicado en la página web www.cmt.es.

Barcelona, 28 de noviembre de 2012.- El Secretario, P.D. del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (Resolución de 15-9-11, BOE n.º 238, de 3-10-11), Jorge Sánchez Vicente.

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