Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-42705

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 12 de diciembre de 2012, páginas 58002 a 58003 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-42705

TEXTO

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramitan los autos 717/2012, de solicitud de declaración de concurso voluntario de acreedores, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Netsuus Internet Intelligence, S.L., y acordando en la misma resolución la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa.

Número de Asunto.- Concurso voluntario 717/2012 Sección C2.

NIG del procedimiento.- 4956/12.

Entidad.- Netsuus Internet Intelligence, S.L., con CIF n.º B64439169.

Fecha de Auto de declaración y Conclusión.- 6.11.2012.

Cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte Dispositiva: Acuerdo declarar en estado de Concurso Voluntario a la entidad mercantil Netsuus Internet Intelligence S.L., con domicilio en Sant Cugat del Vallés, Gran Via de les Corts Catalanes, n.º 7, don Malkhaz Abesadze con CIF B-64439169, inscrita en el registro Mercantil de Barcelona, al volumen 39273, folio 174, hoja n.º B-343871 y la Conclusión del Concurso por insuficiencia de Masa Activa.

Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC, en el Boletín Oficial del Estado, en los estrados de este Juzgado y en la webconcursal. Comuníquese al Juzgado Decano de Barcelona.

Expídase por el Sr. Secretario mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Barcelona, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión, procediendo a su inserción en el portal de internet.

El archivo del concurso determinará la extinción de la sociedad y se procederá a la cancelación de su inscripción en los correspondientes registros públicos.

Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para que cuide de su curso y gestión, concediéndosele un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos.

Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley, la Sección 1ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.

Notifíquese esta resolución al deudor.

Contra este auto cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte días ante este Juzgado y para la Ilustrísima Audiencia Provincial de Barcelona, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE.

Así lo acuerda, manda y firma José M.ª Fernández Seijo, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona.

Barcelona, 19 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid