Edicto
El juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia
1.º-Que en el procedimiento número 908/2012, por auto de 29 de noviembre de 2012, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Construcciones Dugran, S.L.
2.º-El deudor Construcciones Dugran, S.L., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
3.º-Se acuerda simultaneamente la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176 bis LC.
4.º-Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de Administrador concursal al no haber sido designado.
5.º-Declarar la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto del pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6.ª-Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.
Madrid, 29 de noviembre de 2012.- Secretario judicial.
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