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Documento BOE-B-2012-44259

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 22 de diciembre de 2012, páginas 59957 a 59957 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-44259

TEXTO

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaría Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz,

Hago saber: Que en la presente sección V, de convenio, número 208/2011 referente a la concursada Abulargar, S.L., con CIF B-06367213, se ha dictado Sentencia 199/2012, cuya encabezamiento y fallo son del contenido literal siguiente:

Sentencia n.º 199/2012.

En Badajoz a 10 de diciembre del dos mil doce.

Vistos por el Ilmo. Sra. D.ª Esther Sara Vila, Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, los presentes autos de procedimiento Sección V Convenio 0000208 /2011, del concursado Abulargar, S.L., representado por el Procurador de los tribunales, Sr. José Antonio Malle Pascual, y defendido por el Letrado D. José María Ruiz Téllez.

Fallo:

1.-Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por la concursada "Abulagar, S.L., que se ha reseñado en los antecedentes de esta resolución, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC.

2.- Se acuerda el cese en su cargo del administrador concursal. Hágasele saber que deberá presentar su rendición de cuentas de su entera actuación en el plazo de un mes.

3.- Hágase saber a la concursada su obligación de informar con periodicidad semestral contada desde la fecha de esta sentencia, acerca del cumplimiento del convenio.

4.- Notifíquese la sentencia a la concursada, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

5.- Publíquese la presente en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

6.- Líbrense los mandamientos correspondientes, en su caso, para la inscripción de la sentencia, una vez que la misma sea firme.

7.- Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Hágase saber a los acreedores o a cualquiera titulares de un interés legítimo que dentro del plazo de diez días pueden personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Badajoz, 10 de diciembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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