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Documento BOE-B-2012-44328

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 22 de diciembre de 2012, páginas 60028 a 60028 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-44328

TEXTO

Doña Paula Cristina de Juan Salvà, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº 729/12 y NIG nº 07040 47 1 2012 0001160 se ha dictado en fecha 03/12/12 auto de declaración de concurso del deudor Pérez Morla, S.A., con CIF A07051782, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Bajolí, 5, bajos, Mahón.

2.º-Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

3.º-Que el Abogado nombrado administrador concursal, D. Ramón Clavell Verges, con D.N.I. número 38.779.077-L, en fecha 18/12/12, ha aceptado el cargo.

4.º-Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal Camí des Castell, 249, 2.º B, 07702 Mahón, o dirección de correo electrónico rcv@telefonica.net, en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artº 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 18 de diciembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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