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Documento BOE-B-2012-44439

Edicto del Notario de Valencia, don Diego Simó Sevilla, sobre venta extrajudicial de finca hipotecada.

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 22 de diciembre de 2012, páginas 60178 a 60179 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-44439

TEXTO

Yo, Diego Simó Sevilla, Notario de Valencia y de su Ilustre Colegio,

Hago saber: Que en mi notaría se tramita procedimiento de venta extrajudicial de finca hipotecada al amparo del artículo 129 de la Ley Hipotecaria a instancia del "Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima" como acreedor, siendo deudor don Abdoul-Aziz Diallo, en el que se va a proceder a subastar la siguiente:

1.ª Finca objeto de subasta:

Vivienda interior-derecha situada en quinta planta alta, puerta señalada con el número diecinueve, y acceso por el zaguán número diez, ubicado al centro mirando a la fachada del edificio sito en Valencia, calle Jumilla, números 8, 10 y 12. Distribuida interiormente en tres dormitorios, comedor, cocina y aseo.

Inscripción: En el Registro de la Propiedad de Valencia número quince, al tomo 2749, libro 49 Sección 9.ª, folio 43, finca número 3367, inscripción 6.ª.

Referencia catastral: 3321005YJ2732A0043TS.

Y procediendo la subasta ante notario de la finca descrita, se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

2.ª Lugar de celebración: Por ser la vivienda habitual del deudor, de acuerdo con el Real Decreto-Ley 6/2012, se celebrará una única subasta que tendrá lugar en mi notaría, sita en la Gran Vía Marqués del Turia, 49, 3.º, 5.ª, en Valencia.

3.ª Fecha de la celebración: Una única subasta que tendrá lugar a las diez horas del día veintitrés de enero de dos mil trece.

4.ª Tipo de la subasta: El tipo base es el de ciento cuarenta y seis mil doscientos seis euros con sesenta y seis céntimos (146.206,66 €), que es el pactado en la escritura de constitución de hipoteca.

5.ª Procedimiento: La subasta se efectuará en la forma legalmente establecida y se regirá por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, y en lo que no resulte incompatible con dicha norma, por el procedimiento regulado en los artículos 234 y siguientes del Reglamento Hipotecario.

6.ª Documentación y advertencias: La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes, de 10:00 a 14:00 horas, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación.

Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

7.ª Consignación: Salvo el acreedor, todos los demás postores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría, una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en dicha subasta, mediante cheque bancario nominativo a favor del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, hasta el momento de la subasta.

En el caso de que resultare infructuosa la notificación prevista en el artículo 236.d).1 del Reglamento Hipotecario a la persona a cuyo favor esté practicada la última inscripción de dominio sobre la finca objeto de la subasta, si fuese distinta del deudor, y a los titulares de cargas, gravámenes y asientos posteriores a la hipoteca que se ejecuta, y, en su caso, a cualquier otra persona que se crea con interés legítimo a intervenir en el procedimiento, en virtud de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 236.d).2 del Reglamento Hipotecario; sirva el presente para notificarles:

a) Que pueden intervenir, si les conviene, en la subasta o satisfacer antes del remate el importe del crédito y de los intereses y gastos en la parte asegurada con la hipoteca.

b) Del lugar, día y hora fijados para la celebración de aquella.

Valencia, 13 de diciembre de 2012.- El Notario.

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