Edicto.
Juzgado de Primera Instancia número 2.
Alcoy (Alicante).
Plaza Al-Azraq, s/n. Teléfono: 96.533.00.54. Fax: 965.525.198.
NIG: 03009-41-2-2011-0002291.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 000460/2011-Y.
Demandante: Antonia Marshall. Procurador: Penades Martínez, Antonio. Letrado: Mateo Serrano, Alicia.
Demandado: Herederos de Francesca Sofía Dunbar. Procurador:. Letrado:.
Doña Nieves Martín Rincón. Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Alcoy (Alicante),
Hace saber: En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia del(a) demandado(a) Herederos de Francesca Sofía Dunbar, con DNI/CIF, por resolución del día de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el BOE para llevar a efecto la diligencia de Emplazamiento, siendo la resolución a notificar la que seguidamente se transcribe:
Decreto.
Señora Secretaria Judicial: Nieves Martín Rincón.
En Alcoy (Alicante), a catorce de noviembre de dos mil once.
Antecedentes de hecho.
Único.-El Procurador de los Tribunales, señor Penades Martínez, Antonio, en nombre y representación de Antonia Marshall, según acredita con el poder que le acompaña, ha presentado demanda de juicio ordinario, señalando como parte/s demandada/s a Herederos de Francesca Sofía Dunbar, y acompañando la documentación pertinente.
Fundamentos de Derecho.
Sexto.- Al ser desconocidos los demandados, de conformidad con el articulo 164 de la LEC, procede su emplazamiento de forma edictal.
Parte dispositiva.
Acuerdo:
Admitir a trámite la demanda y documentación presentada por el Procurador de los Tribunales, señor Penades Martínez, Antonio, en nombre y representación de Antonia Marshall, frente a Herederos de Francesca Sofía Dunbar.
Sustanciar el proceso por las reglas del juicio ordinario.
Emplazar a la parte demandada ignorados herederos de Sofía Dunbar por medio de Edictos que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Juzgado, Boletín oficial del Estado, a fin de dar mayor difusión, siendo diligenciado por la parte demandante, para que la conteste/n en el plazo de veinte días hábiles, con las siguientes prevenciones:
Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 LEC).
Advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la LEC).
Modo de Impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante el Secretario que lo dicta.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
La Secretaria judicial.-Firmados y rubricados.
Alcoy (Alicante), 4 de julio de 2012.- La Secretaria judicial.
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